Page 3 - 7 reglamento CAF_Neat
P. 3
CAPITULO III
SESIONES
ARTÍCULO 5.- El CAF será convocado a sesiones ordinarias y extraordinarias por el Vicedecano. Las
sesiones ordinarias se realizaran una vez por semana, las sesiones extraordinarias serán convocadas a
requerimiento del HCF y HCC. En ambos casos, la citación escrita acompañada por el orden del día se
entregará con 48 horas de anticipación.
ARTÍCULO 6.- El quórum reglamentario estará constituido por el 50% más uno de los consejeros acreditados.
En caso de no existir quórum, se reunirá en gran comisión con el número de asistentes y los acuerdos ad-
referéndum serán refrendados en la siguiente plenaria del CAF.
CAPITULO IV
COMISIONES
ARTÍCULO 7.- Para la consideración de asuntos específicos, el CAF, conformará comisiones paritarias entre
sus miembros, estas deben analizar asuntos académicos docentes y estudiantiles, los cuales después del
estudio respectivo elevaran informe en el plazo fijado por el CAF.
CAPITULO V
ATRIBUCIONES
ARTÍCULO 8.- El CAF tiene las siguientes atribuciones:
a) Elaborar propuestas sobre planificación, ejecución y evaluación de proceso de enseñanza-aprendizaje.
b) Coordinar actividades con el Centro de Seguimiento y Gestión de la Calidad (CSEGC) órgano de
Asesoramiento Académico Facultativo.
c) Elaborar proyectos de reglamentos inherentes al orden académico
d) Analizar planes de estudio de las carreras, programas y proyectos de los institutos, proponer enmiendas
y proponerlas para la aprobación en el HCF.
e) Proponer soluciones a problemas de administración académica sobre la base de los reglamentos
universitarios vigentes.