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CAPITULO III
                                                          SESIONES


                  ARTÍCULO  5.-  El  CAF  será  convocado  a  sesiones  ordinarias  y  extraordinarias  por  el  Vicedecano.  Las
                  sesiones  ordinarias  se  realizaran  una  vez  por  semana,  las  sesiones  extraordinarias  serán  convocadas  a

                  requerimiento  del  HCF  y  HCC.  En  ambos  casos,  la citación  escrita  acompañada  por el  orden  del  día  se
                  entregará con 48 horas de anticipación.


                  ARTÍCULO 6.- El quórum reglamentario estará constituido por el 50% más uno de los consejeros acreditados.
                  En caso de no existir quórum, se reunirá en gran comisión con el número de asistentes y los acuerdos ad-
                  referéndum serán refrendados en la siguiente plenaria del CAF.


                                                        CAPITULO IV

                                                        COMISIONES

                  ARTÍCULO 7.- Para la consideración de asuntos específicos, el CAF, conformará comisiones paritarias entre

                  sus miembros, estas deben analizar  asuntos académicos docentes y estudiantiles, los cuales después del
                  estudio respectivo elevaran informe en el plazo fijado por el CAF.


                                                         CAPITULO V
                                                       ATRIBUCIONES


                  ARTÍCULO 8.- El CAF tiene las siguientes atribuciones:


                   a)  Elaborar propuestas sobre planificación, ejecución y evaluación de proceso de enseñanza-aprendizaje.
                   b)  Coordinar  actividades  con  el  Centro  de  Seguimiento  y  Gestión  de  la  Calidad  (CSEGC)  órgano  de
                      Asesoramiento Académico Facultativo.

                   c)  Elaborar proyectos de reglamentos inherentes al orden académico
                   d)  Analizar planes de estudio de las carreras, programas y proyectos de los institutos, proponer enmiendas

                      y proponerlas para la aprobación en el HCF.
                   e)  Proponer  soluciones  a  problemas  de  administración  académica  sobre  la  base  de  los  reglamentos
                      universitarios vigentes.
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