Page 64 - La máscara de la objeción.cdr
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Católicas por el Derecho a Decidir y la Asamblea
Permanente de los Derechos Humanos- no dejan lugar a
dudas sobre que la persecución punitiva está dirigida a
las mujeres que abortan.
Otra significativa sorpresa fueron 165 procesos
penales iniciados entre 2013 y 2016 -el año donde se
destapó el caso de Belén- con la carátula “abuso
sexual-aborto provocado”. Estos abortos claramente
son ILEs (interrupciones legales de embarazo) y otra vez:
procesos penales con un evento obstétrico que no
tipifica ningún delito. Aquí se abren dos hipótesis que
confirmaremos cuando podamos acceder físicamente a
los expedientes, con o sin barbijo: o bien esas causas se
inician a propósito de la famosa “comunicación” que
indica el Protocolo de Abuso Sexual Infantil que el
personal de la salud debe hacer sobre el abuso y se
informa además -indebidamente- sobre una elección
lícita y privada que es considerada delictiva en el Poder
Judicial; o bien, la costumbre de formalizar un pedido de
autorización judicial para una prestación médica lícita
-señalado como “violencia institucional” por la Corte en
el fallo F.A.L- subsistió hasta el año 2017 donde
desaparecen estas carátulas aunque subsiste el
Protocolo.
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