Page 14 - 13-2 reglamento tesis de grado FCFB_Neat
P. 14
ARTÍCULO 31.- CIERRE DEL ACTA DE DEFENSA DE TESIS.
El Presidente del Tribunal a tiempo de imponer la Banda Universitaria, hará un comentario sobre el historial académico y
universitario del mismo. Seguidamente el Secretario del Tribunal entregará certificados de reconocimiento a los
integrantes del Tribunal y al Asesor o Asesores de la Tesis por haber culminado satisfactoriamente su labor.
CAPITULO III
ARTÍCULOS COMPLEMENTARIOS
ARTÍCULO 32.- SANCIONES.
Los asesores de tesis que no cumplan con las funciones establecidas en este Reglamento, no podrán
desempeñar actividades de asesoramiento o de tribunal en ocasiones posteriores. Tal situación será
sancionada o revocada solo por HCF, en casos graves el HCF determinará sanciones mayores.
ARTÍCULO 33.- Los integrantes del tribunal de tesis que habiendo sido postulados por la Comisión de Modalidades
de Graduación y designados por el HCF, no cumplan con los artículos de este reglamento inherentes a sus
funciones, no podrán fungir como asesores o integrantes del tribunal en ocasiones posteriores. Tal situación
será sancionada o revocada solo por el HCF.
ARTÍCULO 34.- Los trabajos de tesis que tengan una calificación igual mayor a 90% o más, cuyo contenido
sea de gran impacto social y científico, podrán ser patrocinados para su publicación in-extenso por la facultad.
ARTÍCULO 35.- Los postulantes que hayan cursado ambas carreras (Química Farmacéutica y Bioquímica) de la
FCFB, deberán adoptar una modalidad de graduación por cada carrera dentro de los términos estipulados por
Reglamento.

