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vii. Procedencia del estudiante, La Paz (ciudad/provincia), el interior o exterior del país.
ARTÍCULO 18.- HABILITACIÓN
Los estudiantes que aprueben las PSA, el CPU y aquellos calificados bajo la modalidad de Admisión Especial,
para seguir estudios universitarios en la FCFB, deben recabar el respectivo certificado de habilitación, como
documento que permita la obtención de la matrícula universitaria.
ARTÍCULO 19.- DISPOSICIONES VARIAS
Todos los aspectos no contemplados en el presente Reglamento, se rigen por lo estipulado en los artículos
del REGLAMENTO GENERAL DE ADMISIONES DE LA UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRÉS.
CAPITULO VI
CONCURSO DE MÉRITOSPARA DOCENTE DEL CURSO PRE UNIVERSITARIO
ARTÍCULO 20.- La designación de Docentes del CPU se realizará con sujeción a las normas que establece
el presente Reglamento y a las disposiciones que sobre la materia rijan en la UMSA.
ARTÍCULO 21.- Para ser Docente del CPU, los postulantes se someterán a concurso de méritos.
ARTÍCULO22.- Podrán postular a la docencia del CPU los docentes de la FCFB, siempre y cuando no
afecten a sus propias responsabilidades que tienen en sus respectivas carreras y de conformidad a normas
vigentes, en ningún caso podrán pasar de las 240 horas / mes de trabajo en caso de ganar el concurso.
Pueden postular también docentes de otras facultades de la UMSA o docentes extra universitarios con
experiencia académica, siempre que no se hayan cubierto las plazas por los docentes de la propia FCFB en
una primera Convocatoria.
ARTÍCULO23.- Los ganadores del concurso serán contratados exclusivamente por el tiempo de duración del
CPU. Conforme lo establecido en el Reglamento General de Admisión Facultativa.
ARTÍCULO 24.- Los interesados deberán presentar su solicitud escrita, dirigida al Vicedecano, dentro del
término establecido por la Convocatoria y acompañar los documentos siguientes:

