Page 175 - NORMATIVAS FACULTATIVAS_Neat
P. 175

a)  Abandonado  alguna  materia  por  causas  injustificadas,  previa  evaluación  en  la  Carrera  de

                         procedencia.
                         b) Haber aprobado una o más asignaturas en segunda instancia
                         c) Reprobado una o más aignaturas a lo largo de sus estudios en  la Carrera.



                                                        CAPITULO  III

                                                        ACEPTACIÓN

                  ARTÍCULO 9.-

                  El  postulante  deberá  presentar  una  solicitud  escrita    al  Director  de  la  Carrera,    mismo  que  remitirá  la
                  documentación  a  la  Comisión  de  Modalidades  de  Graduación  Facultativa,  responsable  de  considerar  y

                  evaluar los antecedentes académicos del postulante.

                  ARTÍCULO 10.-

                  La comisión de modalidades de graduación Facultativa, emitirá un informe en un plazo no mayor a 10 días
                  calendario haciendo constar la procedencia o improcedencia de la solicitud, ratificando el promedio general de
                  aprobación.


                  ARTÍCULO 11.-
                  El informe de la Comisión de Modalidades de Graduación Facultativa se remitirá al HCC para su aprobación

                  mediante resolución de Carrera y refrendada por resolución del HCF.


                  ARTÍCULO  12.-  Cumpliendo  con  los  requisitos anteriores  el  estudiante  presentará  sus  documentos  en  la
                  División de Gestiones, Admisiones y Registros.


                  ARTÍCULO 13.-
                  Una vez concluida la revisión de antecedentes y documentos, la Dirección de carrera deberá organizar un

                  acto solemne público para la entrega de las resoluciones del HCC y HCF.
   170   171   172   173   174   175   176