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parte VI | capítulo XXI
Fuerza de Paz Combinada “Libertador Don José de San Martín”
Ministerio Ministerio de Relaciones Ministerio Ministerio de Relaciones
de Defensa Exteriores y Culto de Defensa Exteriores
Estado Mayor Conjunto GRUPO DE Comando Conjunto
de las Fuerzas Armadas TRABAJO BILATERAL de las Fuerzas Armadas
Compañía de Ingenieros Plana Mayor
Perú-Argentina
Sección Servicios Sección Horizontal Sección Vertical Sección Agua
• Construir, mejorar y reparar
• Construir, reparar y mantener • Construir, reparar y mantener • Obtener, potabilizar
infraestructura e instalaciones caminos edificaciones en albañilería, y distribuir agua
encofrado, instalación del
Fuente: Ministerio de Defensa. • Nivelación de terrenos sistema sanitario y eléctrico • Perforar y desarrollar pozos
• Construir helipuertos de para la captación de agua
• Realizar levantamientos potable con un equipo de
circunstancia topográficos perforación
• Reparar calzadas y estribos
• Construir fortificaciones y
de puentes refugios
• Prestar apoyo con equipos
• Instalar drenajes
de dotación ante desastres • Realizar diseños arquitectónicos
naturales
3. Ejercicios combinados ley que contempla el Programa Anual de
Las ejercitaciones combinadas constitu- Ejercitaciones Combinadas (PAEC) que
yen un elemento clave de cooperación desarrollan las fuerzas armadas con sus
bilateral o multilateral entre fuerzas ar- pares del exterior.
madas de distintos estados. Son prác-
ticas que contribuyen a estrechar lazos 4. Desarme, no proliferación y control
regionales, fomentar las medidas de de armas
confianza mutua y mejorar la interope-
rabilidad e integración entre fuerzas. La República Argentina, en su ob- Los ejercicios combinados
El marco legal que regula la realización jetivo de contribuir a la paz y la se- son claves para fomentar las
de los ejercicios combinados se basa en guridad internacionales, adhiere a medidas de confianza mutua y
la Ley 25.880 y su Decreto Reglamenta- la mayoría de los acuerdos y con- mejorar la interoperabilidad e
rio 1.157/04, que establecen el procedi- venciones que limitan o prohíben integración entre las fuerzas
miento por el cual el Poder Ejecutivo Na- el uso de armas convencionales y armadas de la región.
cional solicita al Congreso de la Nación
la autorización establecida en el artículo de destrucción masiva.
75 inciso 28 de la Constitución Nacional El ministerio de Relaciones Exteriores
para permitir la introducción de tropas y Culto establece la política de desarme y
extranjeras en el territorio de la Nación no proliferación y el MINDEF interviene
y la salida de fuerzas nacionales. En vir- desde el ámbito de su competencia en las
tud de esto, se sanciona anualmente la acciones del Estado tendientes al cum-
plimiento de los compromisos interna-
cionales adquiridos en materia de contra
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