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parte II
CAPÍTULO VI
EL ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS
El Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas es el responsable de la formulación
de la doctrina conjunta, la elaboración del planeamiento militar conjunto, la dirección
del adiestramiento militar conjunto y la supervisión y control del planeamiento ope-
racional. Es el órgano responsable del empleo de los medios militares en tiempos de
paz y para este fin ejerce el control funcional sobre los Estados Mayores Generales de
cada una de las Fuerzas Armadas, y el control operacional sobre los elementos de las
mismas.
1. Reseña histórica posición orgánica básica y el régimen de
El actual Estado Mayor Conjunto de las trabajo de los organismos que serán crea-
Fuerzas Armadas (EMCO) tiene su origen dos dentro del Sistema Nacional de Planea-
en la Ley 13.234 sancionada por el Congre- miento y Acción para la Seguridad”.
so de la Nación el 9 de septiembre de 1948, Los Decretos 738/67 y 739/67 de la misma
que estableció las pautas generales referi- fecha establecieron los organismos del Sis-
das a la Defensa nacional sobre la base de tema Nacional de Planeamiento y Acción
nuevos conceptos vigentes en el mundo en para la Seguridad, ya sea por creación de
ese tópico tras la experiencia de la Segunda nuevas dependencias o por la modificación
Guerra Mundial. orgánica de las ya existentes. Entre estas
Desde el punto de vista administrativo la últimas se encontraba el Estado Mayor de
constitución del EMCO fue dispuesta por Coordinación, que pasó entonces a de-
el Decreto 1.775 del 24 de enero de 1949. nominarse Estado Mayor Conjunto de las
Su organización, misiones, dependencias y Fuerzas Armadas.
otros aspectos funcionales fueron estable-
cidos por el reglamento del Estado Mayor 2. Misión y funciones
de Coordinación (Decreto 1.776 de la mis- El EMCO es la máxima instancia castrense
ma fecha). Estas normas respondieron a la de asesoramiento y asistencia al titular del
necesidad de precisar y reglamentar la ley MINDEF en materia de estrategia militar.
ya referida. Asimismo, es responsable de:
Por Resolución del propio EMCO del 29 de - Formular la doctrina militar conjunta.
agosto de 1951 (23/951 R), firmada por los - Elaborar el planeamiento militar conjunto.
ministros secretarios de Estado de Defensa - Dirigir el adiestramiento militar conjunto.
Nacional, Ejército, Marina y Aeronáutica, - Controlar el planeamiento operacional y
y con motivo de la creación del MINDEF,
se estableció la dependencia de ese Estado la eficacia del accionar militar conjunto.
Mayor de este ministerio, y se modificaron El EMCO procura la máxima integración
aspectos relativos a su misión, relaciones, y estandarización del conjunto de reglas,
funciones y tareas. procesos, procedimientos, funciones, ser-
El 3 de febrero de 1967 se promulgó la Ley vicios y actividades en relación con el uso
de Defensa Nacional 16.970, que estableció o empleo eficiente de los medios militares,
en su artículo 55 que el Poder Ejecutivo Na- como así también con el fortalecimiento y
cional reglamentaría por decreto “la com- consolidación de las capacidades opera-
cionales.
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