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Nuevas Tasas de impuestos
                                                                         Acota que el Dr. Herrera  Zacarias que  también
                                                                    viene realizando un trabajo en conjunto con los funcio-
                                                               narios de la División Técnica en torno a la actualización de
                                                               tasas generados por los servicios técnicos y especializados de
                                                               la institución, debido a que los mismos vienen generando más
                                                               perdidas que ganancias. Dicha norma legal está prevista en la
                                                               nueva Ley según lo dicta el artículo 23
                                                                  “Los servicios administrativos, técnicos y especializados en
                                                               materia de prevención, protección e investigación de incendios
                                                               y otros eventos generadores de daños que no revistan carác-
                                                               ter de emergencias, son de competencia exclusiva y excluyen-
                                                               te de los Cuerpos de Bomberos y Bomberas y serán regulados
                                                               por la ley especial que se dicte al efecto. Los servicios técnicos
                                                               especializados sujetos al pago de tasas serán los siguientes:
                                                               1.   Revisión y evaluación de proyectos contra incendios para
                                                                  la ejecución de obras en construcción, modificación o re-
                                                                  modelación de inmuebles;
                                                               2.   Inspecciones ordinarias y extraordinarias de seguridad en
                                                                  materia de prevención, protección de incendios, emergen-
                                                                  cias o eventos generadores de daños que sean de su com-
                                                                  petencia, en instalaciones públicas y privadas;
                                                               3.   Inspección de seguridad para identificar otras amenazas
                                                                  que puedan  ocasionar  riesgos  al bien  inspeccionado  en
                                                                  espacios e instalaciones públicas y privadas;
                                                               4.   Informes técnicos en espectáculos o atracciones públicas,
                                                                  previa evaluación de las condiciones de seguridad;
                                                               5.   Guardias de prevención.
           funcionario va escalando peldaños y mejoras salariales. Aclara
           que algunos bomberos se han dedicado al estudio, pero otros   Periodo de prueba de nuevos ingresos
           no, pero han entregado cuerpo y alma a su trabajo, por lo que
           se han formado institucionalmente.                          Del mismo, modo señala que su despacho también
                                                               realizó un diagnostico jurídico sobre el periodo de prueba re-
           Ley Orgánica del Servicio de Bomberos y Bomberas    glamentario de tres meses que debe observarse en los nuevos
                                                               ingresos, opina que son situaciones pequeñas pero a veces
              Acerca de la nueva Ley orgánica del servicio de bomberos   enturbian el proceso. Advierte que es una norma prevista en el
           y bomberas, dijo que entró en vigencia el 28 de diciembre del   artículo 43 que establece que en caso de no superar la prueba
           2015. El texto legal manifiesta en un inicio lo siguiente:  el aspirante no puede ingresar a la institución.
              “El presente proyecto de Ley Orgánica está conformado   “Al parecer este artículo era un adorno, pero hoy lo estamos
           por ciento sesenta y tres artículos, organizados en nueve tí-  aplicando con más detenimiento, se le notifica al aspirante que
           tulos de los cuales el último contiene once disposiciones tran-  en caso de no aprobar las exigencias mínimas necesarias que
           sitorias, tres disposiciones derogatorias y siete disposiciones   dicta la profesión, no podrá optar al ingreso en la institución.
           finales. Esta normativa tiene como objetivo regular los bene-  No podemos seguir admitiendo un personal que no reúna los
           ficios como parte del cuerpo de seguridad ciudadana, que In-  requisitos, esta es una profesión muy bella y más humana del
           cluye la participación de las comunidades organizadas en el   mundo”, resaltó el Dr. Jesús Eduardo Herrera Zacarias.
           cumplimiento de la misión de las Instituciones Bomberiles a   En cuanto a las carencias actuales que padece el Cuerpo
           nivel nacional, así como la organización y competencias ope-  de Bomberos de Miranda, enfatizó que en torno al parque au-
           racionales y administrativas de todos los Cuerpos de Bombe-  tomotor y demás necesidades la comandancia general ya está
           ros y Bomberas y Administración de Emergencias de Carácter   actuando en ese sentido.
           Civil a nivel nacional, estadal, municipal y Distrito Capital, en   “Creo que el haber llegado a esta situación es el resultado
           sus diversas especialidades: urbanos, marinos, aeronáuticos   de un mal manejo de la anterior gerencia, cuando los vehículos
           y forestales”.                                      llegan a ese estado de deterioro, es porque no se hicieron los
              Subraya que la misma insta a la creación regional de la ins-  adelantos correspondientes, porque las normas prevén todos
           titución bomberil. En este sentido agregó que la institución ya   los caminos para llegar a los recursos. Cuando el funcionario
           hizo entrega al Consejo Legislativo de la región de la normati-  se le dignifica su lugar de trabajo realiza sus tareas con una
           va que deja a un lado el carácter de órgano desconcentrado a   mayor holgura y dedicación”.
            estar adscrito a la gobernación en lo territorial y jurisdiccio-
                  nal pero con dependencia a la Dirección Nacional de
                          Bomberos.
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