Page 129 - NORMATIVAS FACULTATIVAS_Neat
P. 129

d)  Requerir  a  los  docentes    la  presentación  de  informes  semanales,  sobre  el  desarrollo  de  las
                         actividades académicas y administrativas.


                  ARTÍCULO 10.- DOCENTES DEL CURSO DE TEMPORADA


                      a)  Los docentes del Curso de Temporada designados por  resolución del HCF, dependen directamente
                         de la comisión del curso de temporada y son responsables de administrar la asignatura en cualquiera
                         de las dos modalidades del curso.


                      b)  Los docentes del curso deberán ser el o los docentes en ejercicio (titulares, contratados, interinos e
                         invitados)   de las asignaturas del curso de temporada.


                      c)  Si no existiera la posibilidad  de cubrir la asignatura con docentes de la Facultad, se convocará a

                         docentes de la UMSA, en este caso la evaluación de la asignatura estará a cargo de una Comisión
                         designada por el HCC con la  participación obligatoria del Docente Titular


                      d)  Dando cumplimiento a la Resolución Nº 361/07 del Honorable Consejo Universitario, se programará
                         el  Curso  de  Temporada    a  la  culminación  de  la  gestión  académica  regular  (entre  dos  gestiones
                         anuales regulares), de tal manera que las actividades del curso no se superpongan a las actividades

                         de la gestión anual regular. Los docentes dictaran el curso de temporada con su carga horaria, en
                         caso de que exista una diferencia mayor de carga horaria esta diferencia tendrá una remuneración
                         económica.


                      e)  Los docentes del Curso de Temporada deberán cumplir las siguientes funciones:


                         1.  Desarrollar  el contenido de la asignatura que corresponda a la asignatura regular, de acuerdo a
                             las condiciones establecidas por las Carreras.

                         2.  Realizar el seguimiento continuo del aprovechamiento de los estudiantes.
                         3.  Publicar las notas de los exámenes en un plazo no mayor a las 48 horas.

                         4.  Atender reclamos en un plazo no mayor a 48 horas de publicadas las notas
                         5.  Asistir puntualmente a clases, exámenes y reuniones convocadas por la comisión


                         6.  Controlar  la  asistencia  de  los  estudiantes  (90%  de  asistencia  obligatoria  como  mínimo)  para
                             ambas modalidades
   124   125   126   127   128   129   130   131   132   133   134