Page 127 - NORMATIVAS FACULTATIVAS_Neat
P. 127
planificación académica y conformación de paralelos si es que se da el caso, el mismo será puesto a
consideración del Honorable Consejo Facultativo para su aprobación.
Los estudiantes solo podrán desarrollar en el Régimen del Curso de Temporada máximo dos asignaturas
en teoría o bien una materia que se dicte la parte teórica y la de laboratorio. El estudiante no podrá
sobrepasar las 160 horas como carga total del curso de Temporada y deberá alcanzar un mínimo de
90% de asistencia a las clases. Una asignatura dictada en su parte de teoría y práctica de laboratorio
será considerada como dos asignaturas debido a su carga horaria.
c) Cupo de estudiantes por asignatura y paralelos.-
a) Dado que el Curso de Temporada debe cumplir con las exigencias del curso regular, el cupo de
estudiantes en la modalidad teórica será de máximo de 80 estudiantes y en el caso de la modalidad
Teórico-práctico (laboratorio) de 25 estudiantes.
b) Para que pueda dictarse una asignatura en el Curso de Temporada se requiere mínimo 10 inscritos.
c) En las asignaturas comunes y convalidables en ambas carreras los estudiantes podrán elegir el
paralelo de acuerdo a su disponibilidad horaria.
Lugar, Inicio y Duración.-
a) El Curso de Temporada se desarrollará en las instalaciones de la Facultad de Ciencias
Farmacéuticas y Bioquímicas.
b) Se fijará entre dos periodos académicos anuales, al final de la gestión correspondiente..
c) El Curso de Temporada tendrá una duración de 4 a 6 semanas dependiendo la asignatura,
incluyendo la recepción de las evaluaciones y presentación de actas de notas.
d) Evaluación.-
La evaluación del desarrollo del CURSO DE TEMPORADA en sus diferentes asignaturas, contempla la
realización de actividades de reforzamiento, aplicación de pruebas parciales, otras modalidades de
evaluación y aprobación de trabajos de laboratorio, que concluyen en un examen final, bajo la
ponderación instituida en el Reglamento de Pregrado de la FCFB.
e) Aprobación.-
La nota de aprobación será de 51 % o más (máximo 100 %).

