Page 173 - Memoria 2020
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Asesorar técnicamente al Administrador General, Directores Nacionales y a la Oficina
Institucional de Recursos Humanos en materia de conflictos laborales individuales, así como
cualquier consulta de índole laboral que surja de las relaciones entre servidores públicos y la
Autoridad.
Analizar y responder consultas realizadas por agentes económicos, consumidores, particulares o
entes de gobierno, en general, con respecto a los temas contenidos en la Ley 45 de 2007 y que
sean de la competencia de la Autoridad.
Apoyar legalmente a otras direcciones sobre el análisis jurídico necesario para la apertura de
procesos sancionatorios, en la redacción de la normativa interna y el adecuado desempeño de sus
funciones.
GESTIONES DELEGADAS POR EL ADMINISTRADOR
1. En materia de protección al consumidor y defensa de la competencia en diferentes entidades
gubernamentales de la República de Panamá.
La Autoridad se hace presente en todo lo que tiene que ver con las labores de la institución; la confección
de reglamentos y criterios institucionales que sirvan de proyección a la institución y participación en
seminarios, reuniones de seguimiento y atención a consumidores y usuarios del sistema; la revisión de
todos los temas relacionados con la Dirección de Libre Competencia y Dirección de Protección al
Consumidor, prohijamiento de anteproyectos de ley, discusiones de proyectos de ley en primer y segundo
debate, entre los cuales podemos mencionar los más relevantes:
Seguimiento al Proyecto de Ley No. 182, “Que crea el Sistema Informático de Indicadores
Públicos de Precios al Consumidor de los Artículos de la Canasta Básica Familiar de
Alimentos, “SIPREC”.
Seguimiento al Proyecto de Ley No. 449, “Que modifica y adiciona artículos a la ley 24 de
2002, que regula el servicio de información sobre el historial de crédito de los consumidores
o clientes”.
Seguimiento al Proyecto de Ley No. 412, “Que adiciona a la Ley 6 de 1997, sobre el marco
regulatorio e institucional para prestación del servicio público de electricidad, para
implementar el establecimiento de oficinas de atención al cliente”.
Seguimiento al Proyecto de Ley No. 81, “Por el cual se crea proceso administrativo y/o
judicial simplificado, solidario y funcional, de recomposición de las deudas o mecanismos de
pago de los consumidores, como resultado de la crisis económica por el virus COVID-19 o
cualquier otra circunstancia que afecte la estabilidad financiera del consumidor”.
Seguimiento al Proyecto de Ley No. 82, “Que crea el Portal de compra y ventas web de
Panamá, a nivel nacional e internacional”.
Seguimiento al Proyecto de Ley No. 424, “Que modifica y adiciona artículos a la ley 24 de
2002, que regula el servicio de información sobre el historial de crédito de los consumidores
o clientes”.
Seguimiento al Proyecto de Ley No. 388, “Que establece medidas transitorias relacionadas a
las agencias de viajes y dicta otras disposiciones”.
Seguimiento al Proyecto de Ley No. 387, “Que modifica la Ley 1 del 2018, sobre el uso de
bolsas reutilizables en estacionamientos comerciales de la República de Panamá y dicta otras
disposiciones”.
Seguimiento al Proyecto de Ley No. 270, “Que modifica un numeral 1 del artículo 36 de la
Ley 45 de 2007, Que dicta normas sobre protección al consumidor y defensa de la
competencia”.
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