Page 117 - Memoria 2019
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La ACODECO, recibió el día 19 de julio de 2019, un comunicado por parte de la apoderada
legal de la empresa TAMEK, S.A., por medio del cual pone en conocimiento de la ACODECO la
celebración de un convenio de fusión por absorción celebrado entre las sociedades TAMEK, S.A.,
dedicada a la actividad de hipermercado e INVERSIONES PARNA, S.A., dedicada al comercio
de almacenes de textiles al por menor, señalando que producto de la operación, la sociedad
sobreviviente es TAMEK, S.A.
En este sentido, la DNLC, inició una investigación de oficio a fin de requerir mayor información
para determinar si en efecto se trata de una concentración económica y si dicha operación
pudiese tener el efecto de disminuir, restringir, dañar o impedir de manera irrazonable la libre
competencia económica y la libre concurrencia. Se concluye mediante informe que la operación
no cumple con los conceptos necesarios para ser calificada como una concentración económica
y se archiva el expediente.
• Concentración Económica UNIVERSAL KNOWLEDGE SYSTEMS INC., y
GLOBAL EDUCATION SERVICES INC., – UNIVERSIDAD U LATINA, S.R.L. y
EDUCATION HOLDING COSTA RICA EHCR, S.R.L.
Mediante Memorial presentado el día once (11) de julio de 2019, la firma de abogados QUIJANO
110 & ASOCIADOS actuando en calidad de apoderados especiales de la empresas UNIVERSAL
KNOWLEDGE SYSTEMS, INC., GLOBAL EDUCATION SERVICES, INC., UNIVERSIDAD U
LATINA S.R.L., EDUCATION HOLDING COSTA RICA EHCR, S.R.L., presentó formal solicitud de
verificación previa para el análisis y trámite de la concentración económica por la cual UNIVERSAL
KNOWLEDGE SYSTEMS INC., y GLOBAL EDUCATION SERVICES INC., compradores,
EXCELENCIA Y SUPERACIÓN, S.A. (garante de los compradores) mediante la cual adquirirán la
totalidad de las acciones de UNIVERSIDAD U LATINA, S.R.L y EDUCATION HOLDING COSTA
RICA EHCR, S.R.L., vendedores, ambos propietarios de la UNIVERSIDAD INTERAMERICANA DE
PANAMÁ, S. de R.L., en la República de Panamá.
En el proceso de revisión y análisis de la información aportada junto con la solicitud de verificación
previa mediante la Resolución No. 014-19 de 29 de julio de 2019, LA AUTORIDAD requirió a los
agentes económicos involucrados, información y/o documentación y mediante Resolución No.
DNLC-MAC-017-19 de 23 de agosto de 2019 se solicitó aclarar y aportar información adicional
presentada por el apoderado legal de los agentes económicos involucrados, a fin de disponer de
toda la información y documentación completa y de un claro conocimiento de datos relevantes
para la adecuada calificación de la operación de concentración económica.
Mediante la Resolución No. DNLC-MAC-019-19 del 13 de septiembre de 2019 se otorga el
concepto favorable a la operación.

