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TRATA DE PERSONAS Y EL TRÁFICO ILÍCITO DE MIGRANTES DURANTE EL AÑO 2016
Asimismo, el co-acusado QUILINO RINCON (A) CAMBU O SAMBUMBO, entregó a la adolescente, de
manera reiterada, drogas y/o sustancias controladas para que la misma la trasladase a otro lugar y a otras personas,
exponiéndola al peligro que implica este tipo de actividad del tráfico ilícito de drogas y sustancias controladas.
Fallo: La Corte de Apelación confirmó la sentencia condenatoria de 20 años para ambos imputados.
2-Sentencia No. 00053/2016, Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito
Judicial de Puerto Plata, de fecha 04/04/2016.
Imputado: JAIRO DE LA ROSA SANCHEZ.
Relato: en el barrio La Herradura Santiago de los Caballeros captó a la menor M.D.C.A. de 15 años de edad, diciéndole
que le iba a conseguir un trabajo en la Provincia de Puerto Plata, valiéndose de esto procedió a trasladar a la adolescente
al “Bar Dilcia” frente al Barrio Boca Nueva, lugar donde este conjuntamente con la ciudadana Silvia Bautista Sánchez
(a) Dilcia explotaban sexualmente a menores de edad.
Fallo: Luego de haber valorado las pruebas aportadas por el Ministerio Público, en fecha 04 del mes de abril del año
2016 condena a los señores Jairo de la Rosa y Silvia Bautista Sánchez (a) Dilcia a cumplir la pena de cinco años de
prisión por violación a los artículos 334.1 del Código Penal y 396 de la ley 136-03 Código para el Sistema de Protección
y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes en la Republica Dominicana.
3- Sentencia del Tribunal Colegiado de la Cámara Penal del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de
Monseñor Noel, de fecha 24 de agosto de 2016.
Imputada: LCAD
Relato: Entre el mes de enero y octubre del año 2014, LCAD, abusando del poder y la autoridad sobre la adolescente
L.C.C.A., por ser madre de la misma, se la llevó de la casa de sus abuelos paternos bajo el engaño de que sólo estaría
con ella el resto de las vacaciones, a estos fines la trasladó al domicilio de su entonces, tanto en la referida casa, como en
montes y cabañas ubicadas en Piedra Blanca de Provincia Monseñor Nouel, y en otros lugares donde era transportada y
trasladada la adolescente por ambos, la obligaron a sostener relaciones sexuales con hombres, recurriendo a la amenaza,
fuerza y/o coacción (infiriéndole amenazas de muerte y golpes con el uso de un palo y de sus manos), aprovechando
su condición de vulnerabilidad (determinadas por su corta edad y género) y abusando de la autoridad o poder que
ejercían sobre ella en su condición de madre y padrastro, respectivamente.
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