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TRATA DE PERSONAS Y EL TRÁFICO ILÍCITO DE MIGRANTES DURANTE EL AÑO 2016

SUIZA (1 CASO):
          El Principado de Liechtenstein hizo una petición de colaboración para interrogatorios a testigos, por un caso

identificado en anterioridad al año del presente informe relativo a trata de personas con fines de explotación sexual que
involucró mujeres dominicanas víctimas en Suiza. Esta colaboración procuró imputar a los sospechosos dominicanos
bajo las normas legales vigentes en Suiza, de los siguientes tipos penales: trata de seres humanos, abuso de una relación
de autoridad, proxenetismo, promover la prostitución y explotar económicamente en el ejercicio de la prostitución.

EL SALVADOR (1 CASO):
          Las autoridades penales de la República de El Salvador solicitaron cooperación internacional con relación a un

caso de explotación sexual comercial en el cual se encontraron víctimas de nacionalidad nicaragüenses y dominicanas.
La petición de cooperación consistió en:

          • Localizar a las víctimas dominicanas a fin de establecer sus datos de identificación.
          • Indagar la dirección exacta donde pudieran ser ubicadas posteriormente, a los fines de que al momento de

             ser requerida su presencia en El Salvador para una eventual audiencia de vista pública, se puedan presentar
             o realizar una videoconferencia.

REINO UNIDO/ MONTSERRAT (1 CASO):
          Las autoridades penales del Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte solicitaron cooperación internacional

con relación a un caso de explotación sexual comercial, que según sus investigaciones, jóvenes menores de edad eran
trasladadas a la isla Montserrat, a los fines de ser explotadas sexualmente por una persona que supuestamente se aprovechó
del cargo público que ostentaba en la referida isla para realizar esta actividad delictiva. Cabe mencionar que esta petición
fue realizada después de que la persona fue arrestada, a los fines de esclarecer los hechos. Dentro de esta petición solicitaron:

• Al personal de la República Dominicana que asista a las autoridades de Reino Unido para identificar y localizar las
  víctimas adicionales que se sospecha fueron objetos del delito, así también como testigos.

• Que sean recabadas las declaraciones y/o testimonios, mediante entrevistas grabadas en sistemas de audio.
• Q ue sea posible la toma de muestras de tipo físicas,ADN u otra que sea necesaria, siempre que aporten las informaciones

  pertinentes a la investigación.
• Que sean recabas las informaciones financieras que estén relacionadas a las víctimas y/o familiares, por parte del imputado.
• Q ue se adopten declaraciones escritas por parte de las autoridades de la República Dominicana.

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