Page 11 - 10 reglamento regimen estudiantil FCFB_Neat
P. 11

ARTÍCULO 42.-  En ningún caso, dos o más evaluaciones del mismo nivel (curso) coincidirán en el mismo día
                  y estarán sujetas a programación académica.


                  ARTÍCULO 43.-  El  docente  deberá  publicar  el  examen  resuelto  (patrón)  o  resolver  el  examen  de  las
                  evaluaciones en una clase ordinaria.


                  ARTÍCULO 44.-  Los  resultados  de  las  evaluaciones  deberán  serán  publicadas  para  conocimiento  de  los
                  estudiantes en un plazo no mayor de diez (10) días calendario de realizada la evaluación.


                  ARTÍCULO 45.- Para tener derecho a evaluaciones  anticipadas o retrasadas, el estudiante o su apoderado
                  deberá presentar la solicitud y justificación escrita al Director de Carrera con un mínimo de tres días hábiles

                  de anticipación.



                                                           CAPITULO X
                                                   ESCALA DE CALIFICACIONES


                  ARTÍCULO 46.- La distribución porcentual de calificaciones de evaluaciones parciales,  de laboratorio y el
                  examen final se efectuará de acuerdo a la siguiente escala:



                      Características de la    Evaluación   Evaluación    Evaluación    Examen      Total
                          asignatura            Teórica     Laboratorio    Práctica       Final

                  a)Teórica                       80            -              -           20       100%
                  b) Teoría y Laboratorio:

                  Hasta 10 laboratorios           50            30             -           20       100%
                  Hasta 20 laboratorios           40            40             -           20       100%
                  Más de 21 laboratorios          30            50             -           20       100%

                  c) Teoría y prácticas pizarra   60                          20           20       100%
                  o extensión social


                  El Director de Carrera determinará la distribución porcentual de calificación de acuerdo a las características
                  de las asignaturas y la tabla precedente, al inicio de cada gestión académica.


                  ARTÍCULO 47.- La calificación de las prácticas de laboratorio comprenderá los siguientes rubros:
   6   7   8   9   10   11   12   13   14