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VI. Tres Delegados Docentes de base por la Carrera de Bioquímica.
c) Estudiantes
I. El Secretario ejecutivo del Centro de Estudiantes Facultativo.
II. El Secretario ejecutivo del Centro de Estudiante de la Carrera de Química Farmacéutica.
III. El secretario ejecutivo del Centro de Estudiantes de la Carrera de Bioquímica.
IV. El Secretario General del Centro de Estudiantes Facultativo.
V. Tres Delegados Estudiantes de base de la Carrera de Química Farmacéutica.
VI. Tres Delegados Estudiantes de base de la Carrera de Bioquímica.
El quórum necesario para su instalación es la mitad más uno de los Delegados Titulares o Suplentes
debidamente acreditados.
Las Autoridades Facultativas, de las carreras, los representantes de la Asociación de Docentes y de los
Centros de Estudiantes son delegados natos al Honorable Consejo Facultativo.
Los Delegados Docentes de Base y Delegados Estudiantiles de Base son elegidos a través del voto dirigido
por la Asociación de Docentes y Centros de Estudiantes respectivamente, ejecutaran sus funciones durante
un año (Resolución del HCU No 01/05).
ARTÍCULO 21.- DE LAS ATRIBUCIONES
Las atribuciones del Honorable Consejo Facultativo son:
a) Proponer y ejecutar la política académica (enseñanza, investigación e interacción social) de la
Facultad enmarcada en los principios, fines y objetivos de la Universidad Boliviana y del Estatuto
Orgánico de la UMSA.
b) Homologar las resoluciones de los Honorables Consejos de Carrera (HCC) que correspondan.
c) Conocer, tratar y resolver los principales problemas Docente-Estudiantiles que se presenten en la
Facultad, a solicitud de los Directores de Carrera, otras Autoridades Facultativas, Representantes
Docentes y Estudiantiles.
d) Recibir aprobar y derivar al HCU los casos de denuncias tipificadas en el Reglamento General de
Procesos Universitarios
e) Convocar a Asamblea General Docente-Estudiantil en cualquiera de sus dos modalidades, y fijar el
respectivo orden del día.

