Page 11 - NORMATIVAS FACULTATIVAS_Neat
P. 11
Los Delegados Docentes serán elegidos por voto directo en asamblea convocada por la Asociación de
Docentes. (Vicedecano, Directores de Carreras y Directores de Institutos serán incluidos en la lista
de los docentes elegibles en una de las carreras).
Los Delegados Estudiantiles serán elegidos por voto en asambleas de curso que serán convocadas
Centro de Estudiantes Facultativo y/o de la Carrera correspondiente.
ARTÍCULO 18.- DE LAS ATRIBUCIONES
La Asamblea General Docente Estudiantil Delegada tiene las siguientes atribuciones
a) Modificar el Estatuto Orgánico Facultativo.
b) Resolver y dirimir los asuntos pendientes en el HCF.
c) Convocar a referéndum Facultativo cuando se considere necesario.
d) Estudiar y aprobar las propuestas de reuniones Pre-sectoriales.
e) Definir la política académica según las propuestas presentadas por el HCF.
CAPITULO III
HONORABLE CONSEJO FACULTATIVO (HCF)
ARTÍCULO 19.- DE LA DEFINICIÓN
Es el órgano de Gobierno Facultativo paritario Docente-Estudiantil.
ARTÍCULO 20.- DE LA COMPOSICIÓN
a) El Decano que lo preside
b) Docentes:
I. El Vicedecano.
II. El Director de la Carrera de Química Farmacéutica.
III. El Director de la Carrera de Bioquímica.
IV. El Presidente de la Asociación de Docentes o su representante.
V. Tres Delegados Docentes de base por la Carrera de Química Farmacéutica.

