Page 52 - Memoria 2021
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alto alcance utilizadas en las subastas ganaderas, en los molinos de arroz, empresas  cañeras, industria
            lechera, etc., siempre respaldados por la Ley 45 de 31 de octubre de 2007.

           Las balanzas  utilizadas  en transacciones comerciales  en el  territorio nacional deben cumplir  con los
           requisitos establecidos en la reglamentación, estos son:

                 1. Deben contar  con la  información  metrológica del  instrumento dada por  el  fabricante.  Sin esta
                   información, el instrumento no puede ser verificado y por consiguiente, debe suspenderse su uso
                   hasta que la anomalía sea subsanada.
                 2.  La indicación inicial siempre debe ser cero.
                 3. Deben mantenerse en buenas condiciones de uso y mantenerse dentro de las tolerancias permitidas
                   en la reglamentación.

            Toda balanza que al momento de ser verificada presente alteraciones o no cumpla con los requerimientos
            de la reglamentación, se retira del mercado o se inhabilita para su uso y se le otorgan cinco días hábiles al
            responsable del instrumento para que corrija las anomalías.  De no hacerlo se procede a la destrucción de
            esta alternativa de pesaje.

































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