Page 52 - Memoria 2021
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alto alcance utilizadas en las subastas ganaderas, en los molinos de arroz, empresas cañeras, industria
lechera, etc., siempre respaldados por la Ley 45 de 31 de octubre de 2007.
Las balanzas utilizadas en transacciones comerciales en el territorio nacional deben cumplir con los
requisitos establecidos en la reglamentación, estos son:
1. Deben contar con la información metrológica del instrumento dada por el fabricante. Sin esta
información, el instrumento no puede ser verificado y por consiguiente, debe suspenderse su uso
hasta que la anomalía sea subsanada.
2. La indicación inicial siempre debe ser cero.
3. Deben mantenerse en buenas condiciones de uso y mantenerse dentro de las tolerancias permitidas
en la reglamentación.
Toda balanza que al momento de ser verificada presente alteraciones o no cumpla con los requerimientos
de la reglamentación, se retira del mercado o se inhabilita para su uso y se le otorgan cinco días hábiles al
responsable del instrumento para que corrija las anomalías. De no hacerlo se procede a la destrucción de
esta alternativa de pesaje.
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