Page 147 - iIndependencia 1849-1856.
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La mediación extranjera en las guerras dominicanas de independencia 147
Domingo, mientras esté pendiente la disputa entre los Gobiernos
Dominicanos y haitianos.33
Su Gobierno le decía claramente a Schomburk que tenía que
quedarse hasta que se solucionaran los problemas en los cuales
él intervenía con tanto énfasis. De todas maneras, el Gobierno
británico insistía en la continuación de los esfuerzos en búsqueda
de la paz y la tregua. Así, en carta a dicho Cónsul del 31 de agosto
de 1852, el canciller Malmesbury le había dicho:
La tregua que bajo la mediación de las Potencias Aliadas fue
logrado en octubre pasado entre los haitianos y los dominicanos
estando a punto de expirar, sin que hubieren los resultados que el
Gobierno de Su Majestad esperaba, de lograr un tratado definitivo
de paz entre Haití y Santo Domingo, Los Gobiernos de Inglaterra
y Francia han determinado realizar otro esfuerzo para impedir que
el Emperador Soulouque vuelva a iniciar las hostilidades contra
la República Dominicana con el fin de compeler a los dominicanos
a reconocer su Soberanía, un cambio que él abiertamente jura su
intención de perseguir. La copia anexa del Despecho que he diri-
gido al Cónsul de Su Majestad en Puerto Príncipe y de la Nota
que, conjuntamente con su Colega Francés, el Sr. Usheer ha sido
instruido de firmar y presentar al Ministro Haitiano de Relaciones
Exteriores, le enterarán a Usted de los puntos de vista y las inten-
ciones de los Gobiernos de Francia y de Inglaterra en esta materia.
Usted deberá hacer del conocimiento del Gobierno Dominicano que
las Potencias Aliadas no considerarán que su mediación termina-
rá cuando expire la tregua, y es mi deseo que Usted insista ante el
Gobierno Dominicano y sus Ministros, la necesidad de que se abs-
tengan de todo acto de agresión contra los Haitianos y de ofensa
contra el Emperador Soulouque.34
33 Carta de la Cancillería británica a su Cónsul en Santo Domingo, f. o., Núm.
Cont-1.
34 Carta de la Cancillería británica a su Cónsul en Santo Domingo, f. o., Núm. N-35.

