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FIDAGH







          Así, y constitucionalmente, son facultades  (c) regular las relaciones entre
          reconocidas a todas las personas, y  empleadores o sus organizaciones y una
          especialmente a los empleadores, las de  organización o varias organizaciones de
          ejercer una industria lícita, seleccionar  trabajadores, o lograr todos estos fines
          a  sus  colaboradores, y el  ejercicio  a la vez”.
          del derecho de propiedad sin más  Corresponde señalar que hasta el 31
          limitaciones  que  las  derivadas  de  las  de diciembre de 2016  la Argentina ha
          leyes, por sólo mencionar algunas.                     ratificado  81 Convenios Internacionales
                 En cuanto a los Convenios  sobre un total de 124 convenios de la
          Internacionales de Trabajo (OIT),  Organización Internacional de Trabajo,
          ratificados por la Argentina, conviene  lo que implica un  64,5% del total.
          principalmente destacar:
                                                                 Además           de       los      instrumentos
          - el Convenio 87 “sobre la libertad                    internacionales                    nombrados
          sindical y la protección del derecho                   precedentemente,  habrá de  recordarse
          de sindicación, 1948” en el que  se  que a partir de la reforma constitucional
          establece: “Los trabajadores y los  de 1994 (art. 75, inc. 22) se ha dotado
          empleadores, sin ninguna distinción y sin  de jerarquía constitucional a una
          autorización previa, tienen el derecho  multiplicidad de Tratados sobre Derecho
          de constituir las organizaciones que  Humanos que consagran derechos de
          estimen convenientes, así como el de  los empleadores (propiedad, libertad,
          afiliarse a estas organizaciones, con la  trabajo, etc.), confiriéndose así, a estos
          sola condición de observar los estatutos  instrumentos, la máxima jerarquía legal.
          de las mismas”.                                               Por su parte, en el ámbito regional,
          - Convenio 154 “sobre la negociación  es de mencionarse lo establecido por la
          colectiva, 1981”, por el que se establece  “Declaración Socio-laboral del Mercosur”
          que “la expresión negociación colectiva  que  establece expresamente  “El
          comprende todas las negociaciones que  empleador tiene el derecho de organizar
          tienen lugar entre un empleador, un grupo  y dirigir económica y técnicamente
          de empleadores o una organización o  la empresa, de conformidad con las
          varias organizaciones de empleadores,  legislaciones y prácticas nacionales”
          por una parte, y una organización o  (art. 7.).
          varias organizaciones de trabajadores,  Metodológicamente resulta conveniente
          por otra, con el fin de:                               abordar, en primer término, las facultades
          (a) fijar las condiciones  de trabajo  y  conferidas al empleador en el ámbito de
          empleo, o                                              las relaciones individuales del trabajo y,
          (b) regular las relaciones entre  en segundo lugar, las relativas al ámbito
          empleadores y trabajadores, o                          colectivo.














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