Page 924 - Pleno Jurisdiccional Nacional Civil y Procesal Civil
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Oralidad, inmediación
y audiencias virtuales
Héctor E. Lama Mor e (*)
1. LA PALABRA EN EL PROCESO
Sin duda, es un asunto de actualidad en la justicia civil de nuestro país, el trán-
sito que se está produciendo del proceso con tramitación escrita a uno de tramitación
con predominancia de la oralidad. Este cambio en la forma de abordar el proceso ha
surgido a impulso de los propios jueces, quienes, cansados de permanecer en una
actitud pasiva, frente a un proceso que escapaba de su control, decidieron retomar
el espíritu originario que iluminó el Código Procesal Civil, vigente desde julio de
1993, y volver a tomar las riendas del proceso y dirigirlo, conforme se tenía previsto
en su Título Preliminar.
Los jueces decidieron, en términos expresados por Carnelutti, tomar el proceso
como diálogo , en el sentido de la comunicación a través de la palabra hablada; la
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palabra es un trámite, refiere el maestro, y agrega, “El hombre habla para comuni-
car con otro. El logos es dia-logos. La palabra esta lanzada sobre el uno y el otro.
Es la esencia del diálogo lo que hay que comprender” . Si bien, en este contexto, se
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admite que el diálogo y palabra puede ser escrita o hablada, sin duda el maestro, refi-
riéndose al proceso, y aun con las limitaciones o dificultades que entraña, y las ven-
tajas que puede proporcionar la palabra escrita, concluye que la última palabra debe
ser hablada más bien que escrita .
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La comunicación escrita tiene el mérito de la perennidad, es decir, de perdurar
en el tiempo; además permite la serenidad de la reflexión y raciocinio, la tranquilidad
(*) Magister en Derecho con mención en Derecho Civil por la Pontificia Universidad Católica del Perú. Profesor
universitario. Juez de la Corte Suprema.
(1) CARNELUTTI, Francisco. Derecho y Proceso. Ediciones Jurídicas Europa-América, Buenos Aires, 1971, p.
171. Refiere este jurista italiano que “La acción y jurisdicción, para alcanzar su justa composición de la litis,
operan, pues, sobre las pruebas y sobre las normas mediante interpretación. Y el medio de la interpretación
es la palabra. Volvamos al valor de la palabra en el proceso; en torno a ello no hemos terminado de meditar”.
(2) Ídem.
(3) Ibídem, p. 176.
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