Page 70 - VIOLENCIA INVISIBLE DIGITAL
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la salud sexual y reproductiva, así como el acceso a
servicios jurídicos y los sistemas de justicia;
➢ Protejan a las mujeres y las niñas contra interpretaciones
de textos religiosos y normas tradicionales que
establecen obstáculos a su acceso a la justicia dando
lugar a que se discrimine contra ellas.
Elaboren y apliquen medidas para sensibilizar a los medios de
difusión y la población, en estrecha colaboración con las
comunidades y organizaciones de la sociedad civil, acerca del
derecho de la mujer de acceder a la justicia. Esas medidas
deben ser pluridimensionales y estar dirigidas a niñas y
mujeres, niños y hombres y deben tener en cuenta la
importancia y el potencial de la tecnología de la información y
las comunicaciones para transformar los estereotipos
culturales y sociales.
NIÑECES Y JUSTICIA
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Respecto al acceso a la justicia de las niñas y adolescentes, en su
art. 27 inc. c), la Ley 26061 reconoce a toda niña, niño y
adolescente el derecho a tener un abogado, y el Código Civil y
Comercial de la Nación prevé la figura del abogado del niño, para
representar a las/os adolescentes mayores de 13 años,
30 Recomendación General N°2 de la Defensora de los Derechos de las
Niñas, Niños y Adolescentes de la Nación (Julio 2020)
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