Page 70 - VIOLENCIA INVISIBLE DIGITAL
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la  salud  sexual  y  reproductiva,  así  como  el  acceso  a

                    servicios jurídicos y los sistemas de justicia;
                ➢  Protejan a las mujeres y las niñas contra interpretaciones
                    de  textos  religiosos  y  normas  tradicionales  que
                    establecen  obstáculos  a  su  acceso  a  la  justicia  dando
                    lugar a que se discrimine contra ellas.

            Elaboren y apliquen medidas para sensibilizar a los medios de
            difusión y la población, en estrecha colaboración con las

            comunidades y organizaciones de la sociedad civil, acerca del
            derecho de la mujer de acceder a la justicia. Esas medidas
            deben ser pluridimensionales y estar dirigidas a niñas y
            mujeres, niños y hombres y deben tener en cuenta la
            importancia y el potencial de la tecnología de la información y
            las comunicaciones para transformar los estereotipos
            culturales y sociales.





            NIÑECES Y JUSTICIA
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            Respecto al acceso a la justicia de las niñas y adolescentes, en su
            art.  27  inc.  c),  la  Ley  26061  reconoce  a  toda  niña,  niño  y
            adolescente el derecho a tener un abogado, y el Código Civil y
            Comercial de la Nación prevé la figura del abogado del niño, para
            representar  a  las/os  adolescentes  mayores  de  13  años,



            30   Recomendación  General  N°2  de  la  Defensora  de  los  Derechos  de  las
            Niñas, Niños y Adolescentes de la Nación (Julio 2020)
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