Page 68 - VIOLENCIA INVISIBLE DIGITAL
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➢ Los procedimientos que excluyen o atribuyen un valor
inferior al testimonio de las mujeres;
➢ La falta de medidas para asegurar condiciones de
igualdad entre hombres y mujeres durante la
preparación y la tramitación del caso, y con
posterioridad a este;
➢ La gestión inadecuada del caso y de la reunión de
pruebas en las causas presentadas por mujeres que dan
por resultado fallas sistemáticas en la investigación del
caso;
➢ Los obstáculos con los que se tropieza en la reunión de
elementos probatorios relacionados con las violaciones
por el uso de la tecnología de la información y las
comunicaciones y las nuevas redes sociales;
Existen Recomendaciones específicas sobre el acceso a justicia
de niñas:
➢ Cuando sea necesario para proteger la privacidad,
seguridad y otros derechos humanos de las mujeres,
garanticen que, de conformidad con los principios de un
juicio justo, los procedimientos jurídicos se puedan
realizar de manera privada en todo o en parte, o se
pueda prestar testimonio desde lugares remotos o
mediante equipo de telecomunicaciones, de tal modo
que sólo las partes interesadas tengan acceso a su
contenido. También debe permitirse el uso de
seudónimos u otras medidas para proteger sus
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