Page 68 - VIOLENCIA INVISIBLE DIGITAL
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➢  Los procedimientos que excluyen o atribuyen un valor

                    inferior al testimonio de las mujeres;
                ➢  La  falta  de  medidas  para  asegurar  condiciones  de
                    igualdad  entre  hombres  y  mujeres  durante  la
                    preparación  y  la  tramitación  del  caso,  y  con
                    posterioridad a este;
                ➢  La  gestión  inadecuada  del  caso  y  de  la  reunión  de
                    pruebas en las causas presentadas por mujeres que dan
                    por resultado fallas sistemáticas en la investigación del
                    caso;
                ➢  Los obstáculos con los que se tropieza en la reunión de
                    elementos probatorios relacionados con las violaciones

                    por  el  uso  de  la  tecnología  de  la  información  y  las
                    comunicaciones y las nuevas redes sociales;

            Existen Recomendaciones específicas sobre el acceso a justicia
            de niñas:


                ➢  Cuando  sea  necesario  para  proteger  la  privacidad,
                    seguridad  y  otros  derechos  humanos  de  las  mujeres,
                    garanticen que, de conformidad con los principios de un
                    juicio  justo,  los  procedimientos  jurídicos  se  puedan
                    realizar  de  manera  privada  en  todo  o  en  parte,  o  se
                    pueda  prestar  testimonio  desde  lugares  remotos  o
                    mediante  equipo  de  telecomunicaciones,  de  tal  modo
                    que  sólo  las  partes  interesadas  tengan  acceso  a  su
                    contenido.  También  debe  permitirse  el  uso  de
                    seudónimos  u  otras  medidas  para  proteger  sus


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