Page 8 - 13-5 reglamento trabajo dirigido FCFB_Neat
P. 8

CAPITULO VIII
                                                       INFORME FINAL


                  ARTÍCULO 19.-
                  El informe final del Trabajo Dirigido será presentado al Vicedecanato en tres copias anilladas, las mismas

                  serán  remitidas  a  los  miembros  del  tribunal  designado  por  la  Comisión  de  Modalidades    de  Graduación
                  Facultativa para su evaluación. El tribunal evaluador debe remitir su informe dentro de los  5 días hábiles
                  posteriores a la recepción del documento


                  ARTÍCULO 20.-
                  El informe final del Trabajo Dirigido debe contener lo siguiente:


                             Carátula

                             Hoja de respeto
                             Portada
                             Tablas de contenido y tablas de cuadros, gráficos, figuras, fotografías y abreviaturas.

                             Naturaleza del proyecto: Descripción, justificación, Marco Institucional, fines, objetivos, metas,
                             beneficiarios, productos y localización. Expresado en la matriz del marco lógico.
                             Métodos, técnicas y procedimientos empleados.

                             Objetivos y metas alcanzados, expresados en los indicadores propuestos
                             Conclusiones y recomendaciones.
                             Bibliografía

                             Anexos.


                  ARTÍCULO 21.-
                  El formato del informe final del trabajo se ajustará a lo establecido en el artículo 14, Capítulo VI del presente
                  Reglamento, la extensión deberá estar acorde a la naturaleza del Trabajo Dirigido ejecutado.


                  ARTÍCULO 22.-

                  En el caso que el tribunal asignado para la revisión del Trabajo Dirigido hubiera efectuado observaciones a los
                  elementos del informe final, el postulante realizará las aclaraciones, correcciones o ampliaciones pertinentes
                  en el curso de los 5 días hábiles siguientes.
   3   4   5   6   7   8   9   10