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solicitud de realización del Trabajo Dirigido, se iniciaran los trámites correspondientes para la asignación de
asesores y la elaboración del protocolo, dando así inicio a la realización del Trabajo Dirigido.
Sí el tema fuera sugerido por el postulante en coordinación con la Institución, el Vicedecano de la Facultad
derivará el trámite a la Comisión de Modalidades de Graduación, para el análisis y aprobación de la solicitud
correspondiente, se verificará que la Institución está en conocimiento o requiere de la realización del Trabajo
Dirigido. La misma se oficializará mediante nota explicita dirigida al Vicedecano de la FCFB, la nota debe
estar firmada o contar con el visto bueno de la máxima autoridad de la institución. Oficializada la solicitud de
realización del Trabajo Dirigido, se iniciaran los trámites correspondientes para la asignación de asesores y la
elaboración del protocolo, dando así inicio a la realización del Trabajo Dirigido.
ARTÍCULO 9.- DE LA APROBACIÒN DEL TEMA
Todos los Trabajos Dirigidos a realizarse deben contar con el informe de aprobación de la Comisión de
Modalidades de Graduación, el mismo será derivado por el Vicedecano al HCF, solicitando la resolución de
aprobación correspondiente.
ARTÍCULO 10.-
Una vez emitida la Resolución del HCF aprobando el Trabajo Dirigido, el postulante podrá iniciar el mismo, no
podrá cambiar de modalidad de graduación, salvo casos excepcionales de enfermedad o de problemas
inherentes a la Institución, en cuyo caso la solicitud de cambio de modalidad de graduación deberá ser
considerada y aprobada por la Comisión de Modalidades de Graduación Facultativa. El postulante podrá
optar nuevamente a cualquier otra Modalidad de Graduación
CAPITULO V
DE LA COMISIÓN DE MODALIDADES DE GRADUACION FACULTATIVA
ARTÍCULO 11.-
La Comisión de Modalidades de Graduación Facultativa es la máxima instancia de organización, control y
seguimiento del desenvolvimiento del Trabajo Dirigido y tendrá como funciones específicas:
1. Controlar el cumplimiento de los requisitos estipulados en el artículo 7, capítulo III del presente
reglamento.

