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2. Estudiar y aprobar el temario tentativo del Trabajo Dirigido presentado por el estudiante.
3. Designar a los asesores.
4. Seleccionar y designar a los miembros del tribunal del trabajo dirigido.
5. Elaborar proyectos de Convenios Interinstitucionales para la ejecución del Trabajo Dirigido.
6. Elaborar listas tentativas de temas de Trabajo Dirigido, sobre la base de reuniones previas con las
Instituciones en las que realizarán los trabajos.
CAPITULO VI
PROTOCOLO DEL TRABAJO DIRIGIDO
ARTÍCULO 12.- El protocolo, constituye el instrumento escrito de planificación del Trabajo Dirigido e incluirá
los siguientes componentes:
Carátula
Tabla de contenido
Naturaleza del proyecto: Descripción, justificación, Marco Institucional, fines, objetivos, metas,
beneficiarios, productos y localización. Expresado en la matriz del marco lógico.
Especificación operativa de las actividades y tareas.
Métodos y técnicas.
Agenda de actividades (Diagrama de Gantt)
Determinación de recursos humanos, físicos, presupuestarios y tecnológicos.
Cálculo de costos
Estructura de organización y gestión
Indicadores de evaluación
Factores externos
Bibliografía.
ARTÍCULO 13.- El desarrollo de los anteriores componentes debe corresponder a los términos de referencia
estipulados en el convenio interinstitucional, considerando que el trabajo metodológico es de responsabilidad
de la supervisión facultativa, a través de los asesores académicos e institucionales.
ARTÍCULO 14.-
El formato escrito del protocolo del Trabajo Dirigido debe ajustarse a los siguientes lineamientos:

