Page 9 - 13-5 reglamento trabajo dirigido FCFB_Neat
P. 9

CAPITULO IX
                                               TRIBUNAL DEL TRABAJO DIRIGIDO


                  ARTÍCULO 23.-
                  El Tribunal del Trabajo Dirigido estará constituido por tres docentes que serán designados a sugerencia de la

                  Comisión de Modalidades de Graduación Facultativa.

                  ARTÍCULO 24.-

                  El tribunal del Trabajo Dirigido, recibirá del Vicedecanato el trabajo final para su consideración, luego de su
                  estudio y evaluación cualquiera de los miembros del tribunal podrá solicitar ampliaciones o aclaraciones con
                  respecto a su contenido.


                  ARTÍCULO 25.-

                  El tribunal fe Trabajo Dirigido deberá entregar el informe final en un plazo de 5 días hábiles después de su
                  recepción.



                                                         CAPITULO X
                                             PRESENTACIÓN DEL TRABAJO FINAL


                  ARTÍCULO 26.-
                  El trabajo final será presentado en seis ejemplares originales a la Comisión de Modalidades de Graduación

                  Facultativa para su divulgación (interesado, biblioteca Facultativa, asesores y la institución donde se ejecutó
                  el trabajo).


                  ARTÍCULO 27.-
                  El Vicedecano fijará lugar, fecha y hora para la presentación del trabajo final, luego que el postulante cumpla

                  con los requisitos universitarios.
   4   5   6   7   8   9   10