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ARTÍCULO 12.- APROBACIÓN DEL PROYECTO DE TESIS Y DESIGNACIÓN DEL ASESOR DE TESIS
Una vez conocido el informe de la Comisión de Modalidades de Graduación, aprobando el proyecto, el
Honorable Consejo Facultativo o el Comité Ejecutivo del Honorable Consejo Facultativo designarán al
asesor o asesores de tesis a través de una nota oficial en la que se le otorgue responsabilidad sobre el
asesoramiento, conducción y culminación del trabajo de tesis. Asimismo, se le hará conocer las
recomendaciones técnicas hechas en la evaluación por la Comisión de Modalidades de Graduación.
En caso de no ser aprobado el proyecto, la Comisión de Modalidades de Graduación, en entrevista con el
asesor y el postulante, hará conocer las causales por escrito, para las modificaciones o adecuaciones
correspondientes. Hechas las correcciones o adecuaciones mencionadas, la misma comisión se reunirá
nuevamente para tratar el caso y elevar el informe respectivo. Si la Comisión lo considera pertinente, en
consulta con el asesor, se podrá nombrar uno o más asesores en aspectos específicos del tema que
trate la tesis. Estos asesores, no requieren cumplir con los requisitos b y c del Art. 9 de este
Reglamento. Sobre la base de estos criterios, en cumplimiento de los objetivos de este reglamento, la
Comisión de Modalidades de Graduación determinará si el nivel de complejidad del trabajo es suficiente
para obtener el grado de Licenciatura en la Carrera de Bioquímica o Química Farmacéutica.
ARTÍCULO 13.- CONFLICTOS EN LA EJECUCIÓN
En caso de presentarse alguna situación de discrepancia sobre el manejo del tema durante la ejecución
del trabajo de tesis, incompatibilidad en el sistema de trabajo u otros que no permitan la prosecución del
proceso, tal situación deberá ponerse en conocimiento del Vicedecanato mediante carta dirigida por el
asesor o por el postulante. El Vicedecanato y la Comisión de Modalidades de Graduación tratarán el caso
para su solución, ajustándose a lo establecido en el presente reglamento.
ARTÍCULO 14.- INFORMES PARCIALES
El postulante deberá presentar informes a la Comisión de Modalidades de Graduación aprobados por su
asesor al 25%, 50%y 75% del desarrollo de su trabajo.
En caso de existir observaciones fundamentales se sugerirá al asesor y al postulante las enmiendas
recomendadas en reunión expresa. Los informes y observaciones deben ser remitidos al tribunal en
ocasión de su conformación.

