Page 142 - NORMATIVAS FACULTATIVAS_Neat
P. 142
ARTÍCULO 18.- REQUISITOS PARA FORMAR PARTE DEL TRIBUNAL DE TESIS
Ser docente universitario del Sistema de la Universidad Boliviana desempeñándose activamente en un
campo relacionado con el tema de la tesis o haber dirigido una tesis de grado.
ARTÍCULO 19.- CONFORMACIÓN DEL TRIBUNAL DE TESIS
El tribunal estará conformado por tres profesionales, designados mediante Resolución del Honorable Consejo
Facultativo a partir de la propuesta de la Comisión de Modalidades de Grado, esta deberá consignar también la
nominación de un Presidente y un Secretario entré los miembros del Tribunal.
Dos profesionales del Tribunal de Tesis serán necesariamente profesores titulares de la FCFB.
La participación en la Comisión de Modalidades de Graduación, no excluye la posibilidad de formar parte de
Tribunales de Tesis.
ARTÍCULO 20.- EVALUACIÓN DE LA TESIS
El Director de la Comisión de Modalidades de Graduación entregará los ejemplares de la tesis en borrador a cada
uno de los integrantes del Tribunal de Tesis junto a la planilla de evaluación de tesis y copias de perfil de proyecto de
Tesis y de los informes y observaciones hechas durante el seguimiento. Los integrantes del Tribunal dispondrán de
15 días hábiles para la lectura y revisión del trabajo, al término de los cuales cada uno, independientemente deberá
elevar un informe escrito en sobre cerrado. El informe deberá incluir comentarios sobre cada uno de los capítulos
del trabajo y su evaluación sobre la base de los siguientes criterios.
a) Contenido, según lo exigido por el Art. 16 de este Reglamento.
b) Congruencia entre el protocolo de tesis y la tesis.
c) Rigor metodológico.
d) Coherencia interpretativa.
e) Cumplimiento de los objetivos.
f) Perspectivas de aplicación o utilización de los resultados.
g) Otros, citados en el Art. 11 de este reglamento.

