Page 18 - NORMATIVAS FACULTATIVAS_Neat
P. 18

b)  Docentes:
                            I.   Un Representante de la Asociación de Docentes.

                           II.   Cinco Delegados Docentes (1 por curso), elegido en asamblea Docente por la Asociación
                                Docentes.
                           III.   Un delegado docente de base elegido en asamblea Docente


                   c)  Estudiantes:

                               I.   El Secretario Ejecutivo del Centro de Estudiantes de la Carrera respectiva.
                               II.   Cinco Delegados Estudiantiles (1 por curso), el presidente de cada curso elegido en
                                    asamblea del curso.
                              III.   Un Representante de los Estudiantes de cualquier modalidad de egreso, elegido en

                                    Asamblea de Tesistas e internos convocada por el Centro de Estudiantes de la Carrera.
                  El quórum necesario es el 50 % más uno de los delegados titulares o suplentes debidamente acreditados.


                  ARTÍCULO 34.- DE LA COMPOSICIÓN DEL HONORABLE CONSEJO DE LA CARRERA DE BIOQUÍMICA


                   a)  El Director de la Carrera, que la preside.
                   b)  Docentes:
                            I.   Un Representante de la Asociación de Docentes.

                           II.   Cuatro Delegados Docentes (1 por curso), elegido en asamblea Docente por la Asociación
                                de docentes

                           III.   Un delegado docente de base, elegido en asamblea Docente.
                   c)  Estudiantes:
                            I.   El Secretario Ejecutivo del Centro de Estudiantes de la Carrera respectiva.

                           II.   Cuatro Delegados Estudiantiles (1 por curso), el Presidente de curso.
                           III.   Un  Representante  de  los  Estudiantes  de  cualquier  modalidad  de  egreso,  elegido  en
                                Asamblea de Tesistas e internos convocada por el Centro de Estudiantes de la Carrera.


                  El quórum necesario es 50% más uno de los delegados titulares o suplentes debidamente acreditados


                  ARTÍCULO 35.- DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS CONSEJOS DE CARRERA

                  Las atribuciones del Consejo de Carrera son las siguientes:


                      a)  Convocar a AGDE directa o delegada, fijando el respectivo orden del día.
   13   14   15   16   17   18   19   20   21   22   23