Page 18 - NORMATIVAS FACULTATIVAS_Neat
P. 18
b) Docentes:
I. Un Representante de la Asociación de Docentes.
II. Cinco Delegados Docentes (1 por curso), elegido en asamblea Docente por la Asociación
Docentes.
III. Un delegado docente de base elegido en asamblea Docente
c) Estudiantes:
I. El Secretario Ejecutivo del Centro de Estudiantes de la Carrera respectiva.
II. Cinco Delegados Estudiantiles (1 por curso), el presidente de cada curso elegido en
asamblea del curso.
III. Un Representante de los Estudiantes de cualquier modalidad de egreso, elegido en
Asamblea de Tesistas e internos convocada por el Centro de Estudiantes de la Carrera.
El quórum necesario es el 50 % más uno de los delegados titulares o suplentes debidamente acreditados.
ARTÍCULO 34.- DE LA COMPOSICIÓN DEL HONORABLE CONSEJO DE LA CARRERA DE BIOQUÍMICA
a) El Director de la Carrera, que la preside.
b) Docentes:
I. Un Representante de la Asociación de Docentes.
II. Cuatro Delegados Docentes (1 por curso), elegido en asamblea Docente por la Asociación
de docentes
III. Un delegado docente de base, elegido en asamblea Docente.
c) Estudiantes:
I. El Secretario Ejecutivo del Centro de Estudiantes de la Carrera respectiva.
II. Cuatro Delegados Estudiantiles (1 por curso), el Presidente de curso.
III. Un Representante de los Estudiantes de cualquier modalidad de egreso, elegido en
Asamblea de Tesistas e internos convocada por el Centro de Estudiantes de la Carrera.
El quórum necesario es 50% más uno de los delegados titulares o suplentes debidamente acreditados
ARTÍCULO 35.- DE LAS ATRIBUCIONES DE LOS CONSEJOS DE CARRERA
Las atribuciones del Consejo de Carrera son las siguientes:
a) Convocar a AGDE directa o delegada, fijando el respectivo orden del día.

