Page 48 - NORMATIVAS FACULTATIVAS_Neat
P. 48

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL HONORABLE CONSEJO
                                              DE LA CARRERA DE BIOQUIMICA


                                                         CAPITULO I
                                                   DISPOSICIONES GENERALES


                  ARTÍCULO  1.- DE LA DEFINICIÓN

                  EL  HCC  es  el  órgano  de  gobierno  paritario  docente-estudiantil  de  la  Carrera  en  cumplimiento  al  Art.  5,

                  Capítulo III del Reglamento Interno de la Carrera de Bioquímica y del Art. 30, Capítulo I, Titulo IV del Estatuto
                  Orgánico Facultativo.


                  ARTÍCULO 2.- DEL ALCANCE

                  El    HCC  es  un  órgano  de  gobierno  que  toma  decisiones  sobre  la  base  de  las  políticas,  reglamentos,

                  resoluciones y normas universitarias, facultativas y de la Carrera en el ámbito académico-administrativo.


                  ARTÍCULO 3.- DE LAS ATRIBUCIONES

                  Las atribuciones están determinadas por el Art. 16 del Reglamento Interno de la Carrera de Bioquímica..



                                                         CAPITULO II

                                   DE LA CONVOCATORIA Y EL CARÁCTER DE LAS DECISIONES

                  ARTÍCULO 4.- El HCC deberá reunirse en sesión ordinaria por lo menos dos veces por mes a convocatoria

                  del Director de Carrera, quien deberá proponer el orden del día con 24 horas. de anticipación.

                  ARTÍCULO    5.-  Las  sesiones  deberán  durar  no  más  de  cuatro  horas  continuas,  salvo  acuerdo  con  los

                  delegados al Consejo.


                  ARTÍCULO  6.-  El HCC será convocado a reuniones ordinarias y extraordinarias por el Director de Carrera.

                  ARTÍCULO  7.- El quórum necesario está definido por el Art. 15 del Reglamento Interno de la Carrera.
   43   44   45   46   47   48   49   50   51   52   53