Page 52 - NORMATIVAS FACULTATIVAS_Neat
P. 52

REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL



                                    HONORABLE CONSEJO DE LA




                                       CARRERA DE BIOQUÍMICA



                                                        CAPITULO 1

                                                DISPOSICIONES GENERALES



                  ARTÍCULO 1.- DE LA DEFINICIÓN


                  El  HCC  es  el  órgano  de  gobierno  paritario  docente-estudiantil  de  la  carrera  en  cumplimiento  del  Art.  5,
                  Capítulo III del Reglamento Interno de la Carrera de Bioquímica y del Art. 30, Capítulo I, Título IV del Estatuto

                  Orgánico Facultativo.

                  ARTÍCULO 2.- DEL ALCANCE


                  El  HCC  es  un  órgano  de  gobierno  que  toma  decisiones  sobre  la  base  de  las  políticas,  reglamentos,
                  resoluciones y normativas universitarias, facultativas y de la Carrera en el ámbito académico-administrativo.


                  ARTÍCULO 3.- DE LAS ATRIBUCIONES

                  Las atribuciones están determinadas por el Art. 16 del Reglamento Interno de la Carrera de Bioquímica.




                                                        CAPÍTULO II

                                DE LA CONVOCATORIA Y EL CARÁCTER DE LAS DECISIONES


                  ARTÍCULO 4.- El HCC deberá reunirse en sesión ordinaria por lo menos dos veces por mes a convocatoria

                  del Director de Carrera, quien deberá proponer el orden del día con 24 horas, de anticipación.

                  ARTÍCULO  5.-  Las  sesiones  deberán  durar  no  más  de  cuatro  horas  continuas,  salvo  acuerdo  de  los

                  delegados al Consejo.

                  ARTÍCULO 6.-  El HCC será convocado a reuniones ordinarias y extraordinarias por el Director de Carrera.
   47   48   49   50   51   52   53   54   55   56   57