Page 52 - NORMATIVAS FACULTATIVAS_Neat
P. 52
REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DEL
HONORABLE CONSEJO DE LA
CARRERA DE BIOQUÍMICA
CAPITULO 1
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1.- DE LA DEFINICIÓN
El HCC es el órgano de gobierno paritario docente-estudiantil de la carrera en cumplimiento del Art. 5,
Capítulo III del Reglamento Interno de la Carrera de Bioquímica y del Art. 30, Capítulo I, Título IV del Estatuto
Orgánico Facultativo.
ARTÍCULO 2.- DEL ALCANCE
El HCC es un órgano de gobierno que toma decisiones sobre la base de las políticas, reglamentos,
resoluciones y normativas universitarias, facultativas y de la Carrera en el ámbito académico-administrativo.
ARTÍCULO 3.- DE LAS ATRIBUCIONES
Las atribuciones están determinadas por el Art. 16 del Reglamento Interno de la Carrera de Bioquímica.
CAPÍTULO II
DE LA CONVOCATORIA Y EL CARÁCTER DE LAS DECISIONES
ARTÍCULO 4.- El HCC deberá reunirse en sesión ordinaria por lo menos dos veces por mes a convocatoria
del Director de Carrera, quien deberá proponer el orden del día con 24 horas, de anticipación.
ARTÍCULO 5.- Las sesiones deberán durar no más de cuatro horas continuas, salvo acuerdo de los
delegados al Consejo.
ARTÍCULO 6.- El HCC será convocado a reuniones ordinarias y extraordinarias por el Director de Carrera.

