Page 51 - TapaFinal en paginas
P. 51
parte II | capítulo IV
la conducción operativa del instrumento asignados como componentes a los co-
militar facultad exclusiva del Presidente o, mandos estratégicos operacionales con-
por su delegación, del ministro de Defensa. juntos, específicos o combinados cuyos
Otro aspecto fundamental de la ley es el titulares en caso de guerra conducen las
fortalecimiento de la autoridad y las fun- operaciones militares (nivel estratégico
ciones del referido ministro, que antes operacional), planificando tales coman-
cumplía sólo un rol de apoyo administrati- dos durante la paz las operaciones que
vo a las fuerzas armadas del Estado. Ahora habrán de emprender en el caso indica-
el marco legal asigna al ministro de Defen- do, estando también a cargo del adiestra-
sa autoridad sobre los jefes de Estado Ma- miento conjunto de los componentes que
yor de cada una de las fuerzas, de ellos dependan.
La Ley Nacional 23.554 de así como sobre el Jefe del Esta- Conforme a la Ley de Defensa, cada una
Defensa Nacional limita el de las fuerzas armadas por sí misma no
do Mayor Conjunto, y además tiene facultades operativas, éstas están re-
ámbito conceptual de la defensa la dirección, ordenamiento y servadas a la Presidenta o Presidente de la
nacional a la respuesta a las coordinación de las activida- Nación, al ministro de Defensa y a los co-
agresiones militares externas, des propias de la defensa que mandos operacionales.
incluyendo la preparación para no se reservare para sí o reali- La vigente ley de Defensa cambió la ca-
la defensa durante la paz. zare directamente la Presidenta dena de comando de tiempo de guerra
que, en la derogada 16.9705 iba «del Presi-
o Presidente de la Nación. dente de la Nación, en su carácter de Jefe
El Consejo de Defensa Nacional (CODE- Supremo de la Nación», a los titulares de
NA) se establece como órgano de asisten- los comandos estratégicos operacionales
cia y asesoramiento de la Presidencia de la a través de la Junta de Comandantes en
Nación para la determinación de las situa- Jefe de las fuerzas armadas, circunstan-
ciones de conflicto, riesgo y amenaza que cia que en su momento determinó que,
debieran recibir la atención del Sistema de como surge del informe de la Comisión
Defensa, así como de las medidas que al de Análisis y Evaluación de las Respon-
respecto hubieran de ser encaradas. sabilidades en el Conflicto del Atlántico
Otro aspecto fundamental de la ley es el Sur (CAERCAS) desclasificado mediante
fortalecimiento y jerarquización del Esta- el Decreto 200/2012 –más conocido como
do Mayor Conjunto (EMCO), siguiendo, Informe Rattenbach–, los entonces Co-
en éste y otros aspectos, las experiencias de mandantes en Jefe de las fuerzas armadas
la Guerra de Malvinas. El EMCO ejerce el interfirieran frecuentemente la autoridad
asesoramiento del ministro de Defensa en del Comandante Estratégico Operacional
materia de estrategia militar y, sujeto a las sobre cada una de sus respectivas fuerzas
directivas y la supervisión de la Presiden- armadas.
cia de la Nación y del ministro de Defensa, Conforme a la vigente Ley de Defensa, la
las funciones fundamentales en materia cadena de comando en tiempo de guerra
de accionar conjunto: la formulación de la corre desde quien ejerce la Presidencia de
doctrina militar conjunta, del planeamien- la Nación –conducción militar de la gue-
to militar conjunto, la dirección del adies- rra en el nivel estratégico militar– al titular
tramiento militar conjunto, el control del del comando que conduce las operaciones
planeamiento estratégico operacional y de estratégico operacionales, actuando quie-
la eficacia del accionar militar conjunto. nes sean titulares del Ministerio de Defen-
Un aspecto de importancia fundamental sa (MINDEF), del EMCO y de los Estados
establecido en la Ley de Defensa es el rela- Mayores Generales de las Fuerzas Arma-
tivo a la distinción en las fuerzas armadas das como asesores del Presidente de la
entre las funciones administrativas y las Nación para las funciones de conducción
5 La Ley 16.970, del 6 de funciones operativas. Las fuerzas armadas que le competen. Además, la ley establece
octubre de 1966, fue dictada que la producción de inteligencia en el ni-
«En ejercicio de las facultades vel estratégico militar estará a cargo de un
legislativas que le confiere el se constituyen en los órganos encargados, organismo que se integrará al efecto con
artículo 5º del Estatuto de la por un lado, de la administración de los los demás organismos de inteligencia de
Revolución Argentina» por el elementos que las integran, y por otro de
general Juan Carlos Onga-
nía, quien había derrocado la preparación para la guerra de esos mis-
al presidente constitucional mos elementos –así como de su apoyo lo-
Arturo Íllia. gístico–, siendo todos ellos pasibles de ser
50

