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parte II | capítulo IV
Para la emergencia de una imprescindi- las fuerzas armadas por disposición del
ble complementación e interacción con Presidente de la Nación y previa decla-
el Sistema de Defensa Nacional, la Ley de ración del estado de sitio, para el resta-
Seguridad Interior establece en sus títulos blecimiento de la normal situación de
“Complementación con otros organismos seguridad interior en aquellos casos en
del Estado” y “Del empleo subsidiario de los que el sistema de seguridad interior
elementos de combate de las fuerzas arma- resultare insuficiente. Se trata de una
das en operaciones de Seguridad Interior”, forma excepcional de empleo del ins-
los principios que tipifican y delimitan la trumento militar aplicable únicamente
participación de las fuerzas armadas en en situaciones de extrema gravedad, y
la seguridad interior. En cohe- sin incidencia en la doctrina, organiza-
La Ley Nacional 24.059 de rencia con la arquitectura ins- ción, equipamiento y capacitación de las
Seguridad Interior establece fuerzas armadas (artículos 31 y 32).
los principios que tipifican y titucional dispuesta en la Ley Cabe señalar que desde la sanción de la
de Defensa Nacional, la norma norma esta última hipótesis no se ha ma-
delimitan la participación de prevé ese “empleo subsidiario” terializado en ninguna oportunidad.
las fuerzas armadas en la Finalmente, la ley establece un órgano de
seguridad interior. exclusivamente para los si- control en el ámbito del Congreso de la
guientes casos: Nación –la Comisión Bicameral de Fisca-
1. Un supuesto de carácter or- lización de los Órganos y Actividades de
dinario consistiría en el apoyo Seguridad Interior e Inteligencia– que in-
a operaciones de seguridad interior – cluye no sólo el control de la actividad de
por disposición del MINDEF habien- seguridad interior sino, por primera vez
do requerimiento previo del Comité en América Latina, también la actividad
de Crisis (artículos 9 al 13)– emplean- de inteligencia (artículos 33 al 37). Así,
do servicios de arsenales, intendencia, Argentina quedó comprendida en el rela-
sanidad, veterinaria, construcciones, tivamente reducido número de países que
transporte y los elementos de ingeniería a inicios de la década de 1990 practicaban
y de comunicaciones de las fuerzas ar- el control legislativo de esas actividades.
madas (artículo 27).
2. Un supuesto de carácter excepcional 3.1. Decreto Reglamentario de la Ley de
consistiría en la realización de operacio- Seguridad Interior
nes destinadas a la preservación de las El Decreto 1.273 de 1992 reglamentó la
fuerzas armadas y al restablecimiento Ley de Seguridad Interior y desarrolló los
del orden dentro de la jurisdicción mi- aspectos fundamentales relativos a los ór-
litar, en caso de atentados a dicha juris- ganos creados, destacando las disposicio-
dicción en tiempos de paz (artículos 28, nes relativas al Consejo de Seguridad Inte-
29 y 30). rior, al Comité de Crisis, a la subsecretaría
3. Otro supuesto, pero de carácter particu- de Seguridad Interior –hoy secretaría de
larmente excepcional, consistiría en la
realización de operaciones que incluyan
el empleo de elementos de combate de
La Ley de Seguridad Interior estableció un ámbito para la formulación de las po-
líticas y la planificación, coordinación, control y apoyo de las acciones necesarias
para garantizar la seguridad interior, con criterios e instituciones específicas para
ello. En relación al sistema de defensa determinó con precisión las circunstancias y
formas de empleo de las fuerzas armadas en seguridad interior, consistente en el
apoyo a través de servicios y elementos que no incluyen los de inteligencia y com-
bate, caracterizando como particularmente excepcional el empleo de los elementos
de combate de las fuerzas armadas en seguridad interior.
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