Page 75 - Memoria 2021
P. 75
G. DEPARTAMENTO DE CONCILIACIÓN
El Departamento de Conciliación cuenta con estructura organizacional y funciones que están establecidas.
Igualmente cuenta con el área de Veracidad de la Publicidad, ambos con objetivos y metas a seguir.
El proceso de conciliación es voluntario y tiene como objetivo fundamental, procurar que tanto
consumidor, como agente económico, encuentren una solución amigable a sus diferencias, con la
participación de un funcionario denominado conciliador, brindándose herramientas de tipo legal,
informáticas e infraestructura segura.
Esto facilita las condiciones para el logro de un acuerdo entre ambas partes en un acto de audiencia,
donde se relatan los hechos objeto del conflicto y dar la oportunidad que se presenten propuestas de
solución, de manera que en común acuerdo lleguen a una solución, prueba de ello, los consumidores en
forma de agradecimiento emiten cartas y videos a la institución por la labor que se desempeña.
La Ley 45 de 31 de octubre de 2007, en sus artículos 111 al 114 regula lo relativo a dicho proceso y a
través del Decreto Ejecutivo No. 46 de 23 de junio de 2009, se reglamenta en los artículos 50 al 52.
La normativa legal antes señalada, permite adoptar herramientas tecnológicas modernas, lo que ha
facilitado la comunicación con las partes, acreditaciones, audiencias virtuales, así como el aporte de
documentación que se requiere para llevar a cabo el proceso.
Cuando en el proceso conciliatorio las partes no logran acuerdos, el consumidor podrá solicitar de manera
gratuita, un Defensor de Oficio de ACODECO, quien podrá representarlo en los Tribunales.
x Las quejas a favor del consumidor, según resultados, en el departamento de Conciliación en el
período de noviembre 2020 a octubre 2021, son 437, las cuales ascienden a un monto total de B/.
27,827,423.08.
Audiencia virtual de conciliación
Consumidor – Agente Económico.
ϳϰ

