Page 191 - Memoria 2020
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2) Y en la comisión de trabajo a disponibilidad, 100 servidores públicos fueron autorizados a realizar sus
            tareas sin permanecer físicamente en sus oficinas y en el caso de ser requeridos acudirían a la institución.

            Adicional a estas dos modalidades, se comunicó a los servidores públicos de la ACODECO, sobre el uso
            de vacaciones, por un mínimo de 15 días calendario, permisos o tiempo compensatorio, con el objetivo de
            evitar las aglomeraciones en las oficinas y prevenir el contagio.

            Potocolo para la Higiene y Salud Laboral

            En mayo de 2020 y producto del incremento de los casos de contagio por el Covid-19, que coincidió con
            el retorno de funcionarios, la institución procedió a organizarse como lo establece el Decreto Ejecutivo
            N° 378 de marzo 2020 y crea el Comité de Salud (COMSAD) asesorado por la doctora Itzel Gómez y
            conformado por colaboradores de la institución y representantes de la OIRH a fin de preservar la higiene
            y salud de los servidores.

            En  esta  etapa, la OIRH  apoyó la  gestión del  COMSAD con la  elaboración  del  Protocolo de
            Reincorporación  que incluía  8 preguntas  al funcionario,  la  observación  de la  Declaración  de
            Confidencialidad y la insistencia en la honestidad de éste al responder el cuestionario.


























            Protocolo de Reincorporación

            Posteriormente se realizaron los ajustes a este documento, a fin de obtener mayor información sobre la
            salud  de los  funcionarios,  que permitiera un diagnóstico  más  acertado para su  ingreso.  También  se
            incluyó los casos de servidores con mayor vulnerabilidad por padecer de hipertensión, asma, diabetes,
            cáncer, el nombre del médico, los medicamentos y dosis utilizadas.

            En  el  caso de  los  positivos por  Covid-19 se  les  solicitó la  descripción de los  primeros  síntomas.
            Igualmente se le adicionó a este documento el artículo 308 del Código Penal sobre Delitos contra la
            Salud Pública que sanciona con prisión de 4 a 6 años a quien propague una enfermedad peligrosa. Y en
            caso de una contagiosa, la pena de 10 a 15 años de prisión.

            Todo  esto  con el  interés  que los  servidores fuesen transparentes  en la  información  proporcionada al
            analista de recursos humanos, al aplicarle el Protocolo de Reincorporación.




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