Page 67 - iIndependencia 1849-1856.
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La mediación extranjera en las guerras dominicanas de independencia 67
En contestación a la nota de V. S. de 21 del corriente debo de-
cirle que el pueblo dominicano no se considera en derecho obligado
a satisfacer en proporción la deuda que los haitianos consintieron
a favor de la Francia, ya porque sobre la parte del Este solo la
España podría invocar sus derechos, ya porque de la posesión de los
haitianos en esta parte y de su permanencia en ella, no se pueden
sacar otras consecuencias y efectos que los que produce la violencia
ejercida sobre pueblos desgraciados a quienes por medio del engaño
redujeron a la miseria y a la más vergonzosa esclavitud. Mas el
Gobierno de la República deseando estrechar relaciones de utilidad
y conveniencia con todas las Naciones confiando en la generosi-
dad y simpatías de la Francia, estaría pronto a entrar en otras
proposiciones que pueden ser útiles y a hacer cualquiera sacrificio
pecuniario por nuestra estabilidad y cuyas bases se establecerían
por medio de agentes plenipotenciarios revestidos de poderes nece-
sarios. Mis indisposiciones de salud con bastante pena me habían
impedido hasta ahora ocuparme de hacer a V. una respuesta sobre
este importante negocio.3
Pero Saint Denis insistía y quería que su gobierno lo apoyara
en su deseo de que los dominicanos asumieran parte de la deuda
haitiana con Francia y así se lo hacía saber en carta al canciller
Guizot, del 3 de mayo de 1845:
No conociendo aun las opiniones del Gobierno del Rey sobre
la situación dominicana, pero viendo que esta no podrá tener
solución favorable mientras los Haitianos no consideren el recono-
cimiento del derecho a la independencia de las provincias del este
de Santo Domingo, me dediqué a hacer comprender al Presidente
Santana y los hombres más influyentes de la Constituyente que
probablemente no se lograría la obtención del reconocimiento por el
Gobierno de Guerrier, sino se hacía alguna concesión, y en ese sen-
tido era aconsejable comprar al precio de un sacrificio pecuniario
3 E. Rodríguez Demorizi, Correspondencia del cónsul, tomo I, p. 209.

