Page 81 - iIndependencia 1849-1856.
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La mediación extranjera en las guerras dominicanas de independencia	  81

            su independencia, y aun ampliar su territorio bajo su soberanía,
            aún sobre la totalidad de la isla; que el carácter de sus habitan-
            tes, y la forma de su gobierno, cuenta con todas las perspectivas
            razonables para alcanzar la felicidad y la prosperidad internas,
            mientras que la naturaleza y la cantidad de sus recursos minerales
            y de su producción agrícola la convertirán en teatro de un extenso
            y lucrativo comercio con los Estados Unidos.26

    Los norteamericanos designaron luego como su agente
comercial a Francis Harrison en 1847, pero este falleció a poco
tiempo de su arribo, siendo sustituido primero por un vice agente
llamado Burbank y luego por uno llamado Johnatan Elliot. Pero
eran agentes comerciales, no cónsules y, por lo tanto, no estaban
formalmente acreditados ante el Gobierno, por lo que su desig-
nación no implicaba reconocimiento, aunque sí intervenían en la
política y, como se verá, en la mediación.

    Ciertamente, los Estados Unidos no estaban aún listos para
reconocer el nuevo Estado. Pero decidieron en agosto 1849,
enviar a un agente especial, Benjamín Green para ocuparse de
los intereses norteamericanos en Santo Domingo y para infor-
mar a su Gobierno sobre la situación política y el curso de la
guerra entre las dos naciones que compartían la isla. Mientras
tanto, habían enviado a un teniente de Marina, David Porter, a
escudriñar la República y rendir un informe sobre su situación.
Se llegó a negociar y firmar un tratado de reconocimiento en-
tre los dos países, en 1856, que fue ratificado por el Congreso
dominicano,27 pero no así por el norteamericano. Parece ser
que esa negativa tuvo su razón de ser en el hecho de que el
tratado no incluía ningún derecho de usar la bahía de Samaná
como estación carbonera, como lo habían estado pidiendo los
norteamericanos.28

26	 A. Lockward, Documentos para la historia, p. 56.
27	 Colección de Leyes, tomo III, p. 248.
28	 C. F. Pérez, Historia diplomática, p. 310.
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