Page 53 - QUERIDA ESI
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ESI Y DERECHOS SEXUALES Y (NO)
REPRODUCTIVOS: DERECHOS HUMANOS
NECESARIOS PARA UNA CIUDADANÍA
PLENA DE NIÑAS Y ADOLESCENTES.
Hannah Arendt definió la ciudadanía como “el
derecho a tener derechos”. Line Bareiro (1997, p. 2)
señala que la ciudadanía es un derecho y un ejercicio
(expresión o acción), y que ambos pueden coincidir, pero
también es posible que ambos no coincidan. Menciona
que pueden existir colectivos a los que se les reconoce el
derecho pero que no pueden ejercerlo.
Para el caso de que derecho y ejercicio coexistan,
estaríamos ante una ciudadanía plena. Pero hay que
comprender que la ciudadanía plena no se vincula sólo
con la participación política. La ciudadanía plena, implica
que se puedan ejercitar y tener acceso a los derechos que
las leyes nos reconocen.
Pensemos en muchos de los derechos que
conocemos, como, por ejemplo, los reconocidos en
nuestra Constitución. ¿Todas las personas quienes son
destinatarias de estos derechos, pueden ejercerlos,
reclamarlos, conocerlos? ¿O acaso hay ciudadanías
restringidas?
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