Page 53 - QUERIDA ESI
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ESI  Y  DERECHOS  SEXUALES  Y  (NO)

               REPRODUCTIVOS:  DERECHOS  HUMANOS

               NECESARIOS  PARA  UNA  CIUDADANÍA

               PLENA DE NIÑAS Y ADOLESCENTES.
                      Hannah  Arendt  definió  la  ciudadanía  como  “el
               derecho  a  tener  derechos”.    Line  Bareiro  (1997,  p.  2)

               señala  que  la  ciudadanía  es  un  derecho  y  un  ejercicio
               (expresión o acción), y que ambos pueden coincidir, pero
               también  es  posible  que  ambos  no  coincidan.  Menciona
               que pueden existir colectivos a los que se les reconoce el
               derecho pero que no pueden ejercerlo.


                      Para el caso de que derecho y ejercicio coexistan,
               estaríamos  ante  una  ciudadanía  plena.  Pero  hay  que
               comprender  que  la ciudadanía  plena  no  se  vincula  sólo
               con la participación política. La ciudadanía plena, implica
               que se puedan ejercitar y tener acceso a los derechos que
               las leyes nos reconocen.


                      Pensemos  en  muchos  de  los  derechos  que
               conocemos,  como,  por  ejemplo,  los  reconocidos  en
               nuestra  Constitución.  ¿Todas  las  personas  quienes  son
               destinatarias  de  estos  derechos,  pueden  ejercerlos,
               reclamarlos,  conocerlos?  ¿O  acaso  hay  ciudadanías
               restringidas?





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