Page 160 - NORMATIVAS FACULTATIVAS_Neat
P. 160
CAPÍTULO V
DOCENTES INSTRUCTORES
ARTÍCULO 15.- DEFINICIÓN
Los docentes instructores, son aquellos profesionales con grado de licenciatura o superior encargados de
orientar, guiar, enseñar, transmitir y evaluar las actividades del o los internos a su cargo, de la institución
correspondiente.
ARTÍCULO 16.- ATRIBUCIONES
a) Supervisar y evaluar el desenvolvimiento del interno de la carrera.
b) Acordar las actividades académicas con el coordinador del internado rotatorio.
ARTÍCULO 17.- DERECHOS
Los docentes instructores recibirán al finalizar la gestión académica un certificado, otorgado por la Facultad,
firmado por el Vicedecano, Director de carrera y Coordinador del internado rotatorio.
CAPÍTULO VI
POSTULANTES AL INTERNADO ROTATORIO
ARTÍCULO 18.- REQUISITOS
a) Solicitud de inscripción mediante nota dirigida Director de la carrera de acuerdo al área de su
elección.
b) Conclusión del plan de estudios de la carrera certificada por el seguimiento académico otorgado por
la oficina de registro y archivo facultativo.
c) Fotocopia de la cédula de identidad (dos)
d) Fotocopia de la matrícula universitaria vigente (dos)
e) Hoja de vida del postulante

