Page 160 - NORMATIVAS FACULTATIVAS_Neat
P. 160

CAPÍTULO V
                                                  DOCENTES INSTRUCTORES


                  ARTÍCULO 15.- DEFINICIÓN
                  Los docentes instructores, son aquellos profesionales con grado de licenciatura o superior encargados de

                  orientar, guiar, enseñar, transmitir y evaluar las actividades del o los internos a su cargo, de la institución
                  correspondiente.
                  ARTÍCULO 16.- ATRIBUCIONES


                      a)  Supervisar y evaluar el desenvolvimiento del interno de la carrera.

                      b)  Acordar las actividades académicas con el coordinador del internado rotatorio.

                  ARTÍCULO 17.-  DERECHOS


                  Los docentes instructores recibirán al finalizar la gestión académica un certificado, otorgado por la Facultad,
                  firmado por el Vicedecano, Director de carrera y Coordinador del internado rotatorio.






                                                        CAPÍTULO VI

                                           POSTULANTES AL INTERNADO ROTATORIO

                  ARTÍCULO 18.- REQUISITOS


                      a)  Solicitud  de  inscripción  mediante  nota  dirigida  Director  de    la  carrera  de  acuerdo  al  área  de  su
                         elección.

                      b)  Conclusión del plan de estudios de la carrera certificada por el seguimiento académico otorgado por
                         la oficina de registro y archivo facultativo.
                      c)  Fotocopia de la cédula de identidad (dos)

                      d)  Fotocopia de la matrícula universitaria vigente (dos)
                      e)  Hoja de vida del postulante
   155   156   157   158   159   160   161   162   163   164   165