Page 42 - NORMATIVAS FACULTATIVAS_Neat
P. 42

REGLAMENTO INTERNO



                                  DE LA CARRERA DE BIOQUÍMICA



                                                         CAPITULO I
                                                 DISPOSICIONES GENERALES


                  ARTÍCULO 1.- El Reglamento Interno de la Carrera de Bioquímica, es el instrumento que norma y regula las
                  actividades generales de los órganos de decisión, co-gobierno y autoridades de la carrera de Bioquímica.


                  ARTÍCULO 2.- La carrera de Bioquímica es una unidad académica dependiente de la Facultad de Ciencias
                  Farmacéuticas  y  Bioquímicas  con  autonomía  e  igualdad  de  jerarquía  respecto  a  las  otras  carreras  de  la
                  UMSA.




                                                         CAPITULO II
                                 PRINCIPIOS, FINES Y OBJETIVOS DE LA CARRERA DE BIOQUIMICA


                  ARTÍCULO 3.- La carrera de Bioquímica, asume a plenitud los principios, fines y objetivos determinados en
                  los estatutos orgánicos de la Universidad Boliviana, de la Universidad Mayor de San Andrés y de la Facultad
                  de Ciencias Farmacéuticas y Bioquímicas en particular.


                  ARTÍCULO 4.- La carrera de Bioquímica tiene como objetivo fundamental organizar, evaluar y ejecutar todas
                  las tareas ligadas al proceso de enseñanza aprendizaje para formar profesionales con el grado de Técnico

                  superior en Análisis Bioquímico  y Licenciatura en Bioquímica.



                                                         CAPITULO III
                                     ÓRGANOS DE DECISIÓN DE GOBIERNO Y AUTORIDADES


                  ARTÍCULO 5.- De acuerdo al art. 30, Capítulo I, Titulo IV  del Estatuto Orgánico de la Facultad de Ciencias
                  Farmacéuticas y Bioquímicas, son órganos de decisión y de gobierno de la Carrera:
   37   38   39   40   41   42   43   44   45   46   47