Page 73 - NORMATIVAS FACULTATIVAS_Neat
P. 73

ARTÍCULO 25.- El Director de Carrera debe remitir informes bimestrales del seguimiento de las actividades
                  académicas de los docentes a Vicedecanato.


                  ARTÍCULO 26.- Los investigadores docentes de los Institutos deben realizar actividad académica en 20% de
                  su carga horaria y los Directores de Carrera deben asignar actividades académicas, para lo cual los docentes

                  de los  institutos deben apoyar al pregrado, en coordinación con el docente titular de la asignatura.



                                                        CAPITULO VI
                                                  ASIGNATURAS PARALELAS


                  ARTÍCULO 27.- Se crearán asignaturas paralelas en aquellas gestiones en las que por razones pedagógicas
                  y didácticas (número de estudiantes, optimización del proceso enseñanza-aprendizaje) se requiera, previa

                  planificación  con  las  autoridades  facultativas  y  convocatoria  a  emitirse    durante  el  último  trimestre  de
                  actividades, con el fin de evitar el retraso de actividades académicas en la siguiente gestión.


                  ARTÍCULO 28.-  El docente a tiempo completo debe dictar por lo menos dos asignaturas (teoría y laboratorio)
                  o dividir su asignatura en dos paralelos (si justifica) que comprendan teoría y prácticas de laboratorios de
                  acuerdo a la planificación de asignaturas propuesta por el Director de Carrera.


                  En  el  caso  de  que  un  docente  no    justifique  su  carga  horaria,  el  Director  de  Carrera  le  asignará  otras
                  actividades académicas alternativas.


                  Si  un  docente  elabora  proyectos  de  investigación  y/o  interacción  social,  debe  presentar  los  avances  y

                  resultados para su evaluación ante el HCC y HCF.

                  El Docente a medio tiempo debe dictar una asignatura que comprenda teoría y prácticas de laboratorio y en

                  caso de presentar proyectos debe seguirse la misma normativa que para el docente a tiempo completo.


                  El docente  a medio tiempo desarrollará su carga horaria cumpliendo un grupo de teoría (3 horas académicas)
                  y cuatro grupos de prácticas de laboratorio (3 horas) a la semana, y la intensidad de carga horaria se duplica
                  para docentes de tiempo completo.
   68   69   70   71   72   73   74   75   76   77   78