Page 17 - Manual de Apoyo
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5. - Contrato colectivo de trabajo
Es indudable que una tarea fundamental que tiene el delegado sindical, es conocer e
interpretar el contrato colectivo de trabajo de la sección a la que pertenece.
Ya que nuestra principal tarea es hacer que se respete nuestro contrato.
CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL
SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES HARINEROS, PANIFICADORES, DE
ALIMENTOS, DEL TRANSPORTE Y COMERCIO, SIMILARES Y CONEXOS DE LA
REPUBLICA MEXICANA, CON DOMICILIO EN CALLE MINA No. 123, COL. GUERRERO,
DELEGACIÓN CUAUHTEMOC, MÉXICO D.F. C.P.06300, REPRESENTADO POR EL
SEÑOR GERARDO CORTES GARCIA, EN SU CARACTER DE SECRETARIO GENERAL
DEL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL Y POR LA OTRA LA EMPRESA "BIMBO S.A. DE
C.V.” REGIÓN MÉXICO, BIMBO MÉXICO, CON DOMICILIO EN MIMOSAS No. 117, COL.
SANTA MARIA INSURGENTES, MEXICO 06430, D.F., REPRESENTADA POR EL LIC.
JAVIER GARCÍA REZA, EN SU CARACTER DE REPRESENTANTE LEGAL, BAJO LAS
SIGUIENTES:
CLAUSULAS
CAPITULO I
DISPOSICIONES GENERALES
PRIMERA. DEFINICIONES. Para la mejor interpretación de este CONTRATO, las partes
adoptan las siguientes definiciones:
1. EMPRESA: BIMBO S.A. DE C.V.; REGIÓN MÉXICO, BIMBO MÉXICO.
2. SINDICATO: SINDICATO NACIONAL DE TRABAJADORES, HARINEROS,
PANIFICADORES, DE ALIMENTOS, DEL TRANSPORTE Y COMERCIO,
SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPUBLICA MEXICANA.
3. TRABAJADORES: Las personas físicas que en su calidad de TRABAJADORES prestan sus
servicios personales subordinados jurídicamente a la EMPRESA y afiliados
al SINDICATO.
4. TRABAJADORES DE CONFIANZA: Los TRABAJADORES que se mencionan en la Cláusula DECIMA de este
CONTRATO y que quedan excluidos de la aplicación del mismo.
5. TRABAJADORES TEMPORALES, Los mencionados en la Cláusula NOVENA de este CONTRATO.
ESPECIALES Y DE NUEVO INGRESO:
6. TRABAJADORES DE PLANTA: Los que habiendo llenado los requisitos necesarios desempeñan un trabajo
de carácter permanente dentro de la EMPRESA.
7. CONTRATO COLECTIVO: EL presente CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO y sus anexos.
8. LEY: La Ley Federal del Trabajo

