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Música y Educación Núm. 90 Año XXV, 2 Junio 2012
rarse señal de identidad, prestigio y cali- aún no ha sido subsanada. En la actuali-
dad, como en cualquier centro europeo dad se tiene la gran oportunidad de sol-
o americano, está en muchos casos per- ventar el agravio comparativo que existe
seguida. con respecto al resto de Europa, aprove-
chando la coyuntura de la puesta en mar-
3. Razones para la plena cha del Espacio Europeo de Educación
integración de las Enseñanzas Superior y la posibilidad que brinda la
Artísticas Superiores Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de
en la Universidad Educación, en su Disposición adicional
vigesimosegunda3.
3.1. Razones de ámbito social
3. Desde el punto de vista del alumna-
1. Desde el 1 de septiembre de 2010 los do y su entorno, la difícil decisión que
estudios superiores de Música y de otras supone para cualquier joven seguir con
EnseñanzasArtísticas Superiores (EEA- los estudios en artes en el nivel superior
ASS) pertenecen al llamado Espacio se ve agravada por el hecho de que en
Europeo de Educación Superior (EEES), nuestro país estos estudios estén separa-
pero: dos del resto de las disciplinas del nivel
educativo equivalente, y que sí se impar-
• ¿Estamos dentro del Sistema de En- ten en la Universidad. El pertenecer a
señanza Superior de España? secundaria, la funesta denominación de
“Enseñanzas de Régimen Especial” y la
• ¿Somos una Educación Superior de lejanía a la Universidad crean una sen-
primer nivel en nuestro país? sación de incertidumbre en muchas fa-
milias de:
Nos encontramos ante una situación de
incertidumbre e inseguridad en cuanto a • estudios superiores de segunda cate-
la gestión, el futuro y la trayectoria que goría,
deben seguir los centros. Esto es un pro-
blema a la hora de organizar una ense- • no suponer una “verdadera carrera”,
ñanza de calidad y ocupar el espacio que • inseguridad en la validez y utilidad
nos correspondería en una enseñanza del título obtenido,
superior de primer nivel. • y ser enseñanzas extraoficiales.
2. La plena integración en la Universi- De hecho,muchos de nuestros alumnos
dad es una deuda histórica de anteriores optan por matricularse en una segunda
gobiernos (Ley 14/1970, 4 de agosto, carrera (Grados en Educación Primaria,
General de Educación)2, además de una
continua reivindicación del pasado que
2. En su Disposición Transitoria segunda rezaba lo siguiente: “4. Las Escuelas Superiores de Bellas Artes,
los Conservatorios de Música y las Escuelas de Arte Dramático se incorporarán a la Educación Universitaria
en sus tres ciclos, en la forma y los requisitos que reglamentariamente se establezcan”. Fruto de esta dispo-
sición, las Escuelas de Bellas Artes se integraron en la enseñanza universitaria como Facultades de Bellas
Artes, mientras que los Conservatorios de Música y las Escuelas de Arte Dramático quedaron relegadas a
un “régimen especial”, situado fuera del ámbito universitario.
3. “Transformación de enseñanzas. En el supuesto de que en el proceso de ordenación de la enseñanza
universitaria se definieran en el futuro títulos que correspondan a estudios regulados en la presente Ley, el
Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, podrá establecer el oportuno proceso de trans-
formación de tales estudios.”, en BOE núm. 106, jueves 4 de mayo de 2006, pág. 17200.
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