Page 152 - Memoria 2021
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La ACODECO, el 23 de julio de 2021, solicita al Juez (a) de Circuito del Primer Circuito Judicial de
Panamá, Ramo Civil, en materia de Libre Competencia, en turno, autorización judicial para la inspección
judicial, práctica y aseguramiento de pruebas dentro de la investigación administrativa por la presunta
comisión de prácticas monopolísticas absolutas en la venta de hielo en bolsas chicas. Mediante Auto No.
686-21 de 27 de julio de 2021, el Juez Noveno de Circuito de lo Civil del Primer Circuito Judicial de la
Provincia de Panamá, Suplente, autoriza a la ACODECO para que practique las siguientes medidas de
aseguramiento de pruebas, diligencias exhibitorias, inspecciones judiciales, declaraciones testimoniales y
allanamientos, en el evento de que fuera necesario, a fin de recabar la información solicitada.
El 7 de septiembre de 2021, se realizó la diligencia exhibitoria a las siguientes empresas: HIELERÍA
AZUERO, S.A., HIELO CRISTAL CENTRAL DEL ISTMO, S.A., HIELO EXPRESS, S.A. y
PRODUCCIÓN PANAMEÑA DE HIELO, S.A. Actualmente, la DNLC analiza la información
recabada de la diligencia y tomará declaración testimonial a minoristas.
x Prácticas Monopolísticas Relativas por parte de DHL
ACODECO, recibe formal denuncia el 19 de agosto del 2021 por parte del licenciado Venancio Esteban
Serrano Pitti, en calidad de apoderado legal de la Unión Nacional de Corredores de Aduana de Panamá
(UNCAP) en contra de la empresa DHL EXPRESS PANAMÁ, por considerarlos infractores del artículo
16, numerales 7 y 9 de la Ley 45 de 31 de octubre de 2007, específicamente al crear un cobro de
100.00usd, para entrega de documentos comerciales de importación a corredores de aduanas distintos al
corredor de aduana que labora para DHL Express Panamá, cobro que no hace a las empresas que tramitan
su liquidación de importación con el agente corredor de aduanas de DHL Express Panamá, creando así la
expectativa de que el competidor o potencial competidor abandonará la competencia o saldrá del
mercado, dejando al agente con un poder sustancial o con una posición monopolística sobre el mercado
pertinente.
La DNLC está elaborando informe preliminar con miras a valorar si DHL, ha realizado algún acto,
combinación, arreglo, convenio o contrato, cuyo objeto o efecto sea afectar de algún modo u otro, la libre
concurrencia y libre competencia económica, según los parámetros normados en la Ley 45.
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