Page 134 - Memoria 2020
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IV.    DIRECCIÓN NACIONAL DE LIBRE COMPETENCIA (DNLC)

                 A.  DEPARTAMENTO            DE     INVESTIGACIÓN           DE     LA     COMPETENCIA            Y
                    DEPARTAMENTO DE ANÁLISIS Y ESTUDIOS DE MERCADO

                1.  INVESTIGACIONES            ADMINISTRATIVAS            POR       POSIBLES        PRÁCTICAS
                    MONOPOLÍSTICAS

                  Práctica Monopolística Relativa contra Costa del Este Infrastructure, Inc.





























            La investigación administrativa inició por denuncia presentada por la empresa INTERFAST PANAMÁ,
            concesionario de servicio de telecomunicación, en contra de Costa del Este Infrastructure, Inc. (CEI), por
            la presunta comisión de práctica monopolística relativa, contenida en el artículo 16 de la Ley 45 de 2007.

            En  base a la  documentación  aportada  y el  análisis preliminar  de la  denuncia  presentada, la  DNLC
            mediante la Resolución DNLC-HCE-028-17 dio inicio a la investigación administrativa por considerar
            que existían  indicios  de la  realización  de una práctica monopolística relativa por  parte de los  agentes
            económicos CEI, Inmobiliaria Plaza del Este e Ideal Living Corp., mediante un acuerdo de exclusividad
            que estaría impidiendo irrazonablemente el acceso a una facilidad esencial a potenciales competidores al
            mercado.

            Se determinó a través de la investigación que la documentación que consta en el expediente no evidencia
            acciones  por  parte de los  agentes  económicos  investigados,  en la  dirección de impedir  o restringir  el
            acceso a los P.H. Plaza del Este y P.H. Originario Residencial Santa María a la empresa INTERFAST,
            sino todo lo contrario; una negativa de  INTERFAST de suscribir acuerdo comercial para el acceso a los
            ductos de dichos P.H., si tiene que pagar por el acceso. La DNLC mediante Resolución No. DNLC-MAC-
            020-19 de 19 de diciembre de 2019 ordenó el cierre y el archivo del expediente administrativo.






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