Page 139 - Memoria 2020
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La DNLC mediante Resolución Nº DNLC-HCE-029-18 de 17 de agosto de 2018,  ordenó la ampliación
            de  la investigación  administrativa  iniciada  mediante la Resolución  Nº DNLC-HCE-005-18 de  15 de
            febrero de 2018 y mediante Auto Nº 992 de 11 de septiembre de 2018, emitido por el Juzgado Octavo de
            Circuito, Ramo Civil, del Primer Circuito Judicial de la Provincia de Panamá, se autorizó a ACODECO
            para realizar nuevas diligencias probatorias dentro del curso de la investigación administrativa abierta por
            supuestas prácticas monopolísticas absolutas y relativas.

            En base al análisis jurídico y económico del caso, se concluye que los agentes económicos denunciados
            no han incurrido en una práctica monopolística absoluta, consistente en un acuerdo, y/o coordinación del
            precio de venta de cemento; la existencia de un acuerdo para dividirse el mercado de cemento o de una
            restricción  de la  producción,  y  en cuanto  a la  práctica monopolística relativa,  se concluye que no se
            cumplen los requisitos legales necesarios para sustentar que los investigados hayan  realizado una práctica
            predatoria en su actividad económica  de producción y comercialización de concreto premezclado, ni la
            existencia  de subsidios  cruzados  desde  la actividad  de producción  y comercialización  de cemento.
            Mediante Resolución  Nº DNLC-MAC-012-2020 de 8 de octubre de 2020, se ordenó el  cierre  de la
            investigación administrativa y el archivo del expediente.


                 B.  SANCIONES ADMINISTRATIVAS POR LA COMISIÓN DE PRÁCTICAS MONOPOLÍSTICAS


            Actualmente se mantienen en trámite los expedientes sancionatorios contra: un grupo de lavamáticos y
            lavanderías del área de San Antonio y Cerro Viento por la comisión de práctica monopolística absoluta en
            la fijación de precios por los servicios de planchado de camisas y pantalones.

            Sancionatorio contra la Unión Nacional de Corredores de Aduanas de Panamá (UNCAP) y otros; por la
            comisión de práctica monopolística absoluta en la fijación del precio mínimo de servicios de corretaje de
            aduana en la República de Panamá.


                 C.  PROCESOS JUDICIALES

                  Demanda prácticas monopolísticas absolutas en la compraventa de mochilas escolares

            El proceso judicial se encuentra en el Tercer Tribunal Superior de Justicia, en espera sobre la decisión de
            la  apelación  presentada  por  parte de ACODECO  contra la  sentencia  No. 46 de 14 de julio de 2017,
            emitida por el Juzgado Noveno de Circuito Civil del Primer Circuito Judicial de la Provincia de Panamá


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