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MEMORIA 2018                                             MEMORIA 2018



              octubre de 2007.


























              Integrantes de la Comisión de Publicidad y Propaganda



                 I.  SECCIÓN DE VEHÍCULOS DE MOTOR


              Con la Ley 14 de 20 de febrero de 2018 que modifica artículos de la Ley 45 de 31 de octubre de
              2007, sobre Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia, se amplió la competencia de
              la Autoridad para conocer y decidir, a prevención con los tribunales de justicia competentes, las
              reclamaciones sobre vehículo de motor para conocer y decidir sobre esta materia en reclamaciones
              hasta B/. 30,000.00 balboas.

              Con este nuevo reto, la ACODECO asume con responsabilidad la implementación de una  nueva
              sección que da trámite a las quejas o reclamación que presentan los consumidores en contra de            59
              un agente económico sobre un tema vehicular hasta la suma de B/.30,000.00 balboas, con ello se
              logra que los consumidores tengan, en sede administrativa, el poder de presentar y tramitar sus
              reclamaciones (venta engañosa, devolución de dinero, cobro indebido, incumplimiento de servicio,
              incumplimiento de garantía, etc.) sin necesidad de un abogado e, igualmente, culminar el proceso
              con una decisión de su queja por parte de ACODECO.


























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