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En el mes de marzo de 2020 se inauguró en
             Comentario relevante                 la CSJ de El Santa, el Módulo Corporativo
                                                  de oralidad civil, se integran cuatro juzga-
                                                  dos civiles y una Sala Superior Civil a este
             Los abogados deben adecuar su acti-  modelo y se inicia el uso de dicha técnica
             vidad profesional al nuevo modelo,   procesal en los procesos civiles de dicha
             pues el patrocinio de las causas a   Corte. Así mismo, en dicho mes se inaugura-
             su cargo no será en adelante el del   ron los modernos ambientes habilitados para
             rol pasivo de la simple presenta-    la oralidad civil en la CSJ de Lima, ubicados
             ción de escritos, pues salvo los escri-  en el piso 7° del Edificio Alzamora Valdez;
             tos de demanda o contestación a la   cuenta con un diseño especialmente pensado
             demanda –incluida la reconvención    para despachos judiciales y salas de audien-
             o defensas procesales–, el rol del   cia, con modernos equipos de audio y video
             abogado se desplaza a su actuación   para el registro de las audiencias.
             en el escenario de las audiencias.   Se espera que a fines de este año se tenga por
                                                  lo menos 25 CSJ incorporados.


           La implementación de la oralidad en los pro-      No obstante, algunos especia-
           cesos civiles, se ejecuta como un proyecto   listas han cuestionado que se
           piloto en cada Corte Superior; la incorpora-  haya implementado este nuevo
           ción de una Corte en este proyecto es volun-  modelo sin que se haya modifi-
                                                      cado el Código Procesal Civil.
           taria, se decide por el CEPJ en mérito a una   ¿Encuentra sustento en dichas
           solicitud presentada por el Presidente de la   críticas?
           Corte respectiva; para ello, la Corte solici-
           tante debe adjuntar el acta de sesión de sus   Sí tenemos conocimiento que algunos espe-
           jueces civiles, en la que acuerdan su incor-  cialistas han objetado la ejecución de este
           poración a la oralidad, aceptando los térmi-  proyecto, bajo diversos argumentos; y aun
           nos y alcances del proyecto; luego de ser   cuando existe un número significativamente
           aceptada su incorporación por acuerdo del   superior de especialistas que han expresado
           CEPJ, se establece un Equipo Técnico Dis-  públicamente su coincidencia y respaldo al
           trital de implementación, y se dispone que,   proyecto, respetamos las opiniones o críticas
           acto  seguido,  que  el  Equipo Técnico  de   de aquellos, pero no la compartimos; pues si
           Implementación de la oralidad en los pro-  bien, estos especialistas están de acuerdo con
           cesos civiles del PJ (ETI-nacional), brinde   que se implemente la técnica de la oralidad,
           asesoramiento respectivo para confeccionar   discrepan de la oportunidad, pues creen que
           el plan de implementación, en la que deberá   se requiere de una norma legal expresa que
           constar el cumplimiento de cada uno de los   así lo disponga o que se debe asegurar pre-
           requisitos para un adecuado funcionamiento;   viamente se cuente con recursos económicos
           para ello la Corte deberá llenar una matriz de   para su éxito.
           implementación; este plan incluye la rees-
           tructuración de los despachos, instalando   En cuanto al primer argumento, no lo com-
           el Módulo Corporativo de litigación oral,   partimos, pues adolece de un formalismo
           la adecuación de las salas de audiencias, el   legalista extremo, que precisamente se pre-
           equipamiento de estas con los respectivos   tende superar con el uso de la técnica de la
           kits de audio y video, capacitación, gestión   oralidad, cuyo elemento esencial es precisa-
           de cambio, entre otras.                mente el no-formalismo o el informalismo

           158         pp. 155-164 •  ISSN 2305-3259 • ABRIL 2020 • Nº 82   |   GACETA CIVIL & PROCESAL CIVIL
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