Page 59 - NORMATIVAS FACULTATIVAS_Neat
P. 59
REGLAMENTO DE SEGUIMIENTO
ACADÉMICO FACULTATIVO (SAF)
CAPITULO I
ASPECTOS GENERALES
ARTÍCULO 1.- La FCFB tiene el objetivo de formar profesionales Químico - Farmacéuticos y Bioquímicos
con conciencia crítica y mentalidad creativa, que les permita desarrollar aptitudes en los campos de la salud,
investigación, medio ambiente, servicios y producción, que posean un sentido práctico, realista y solidario
acorde con las necesidades sociales del País, de manera que coadyuve a su transformación y superación.
Para cumplir estos objetivos la FCFB debe contar con un instrumento de control y evaluación periódica y
permanente del rendimiento académico de todos los estudiantes.
ARTÍCULO 2.- DE LA DEFINICIÓN
El Seguimiento Académico Facultativo es el conjunto de procedimientos y acciones que permiten obtener
información de las actividades académicas con el fin de evaluar el desempeño académico del proceso
enseñanza–aprendizaje.
ARTÍCULO 3.- DE LOS OBJETIVOS
El SAF deberá cumplir los siguientes objetivos generales:
a) Determinar el nivel en que los objetivos académicos Facultativos y de cada Carrera se alcanzan.
b) Controlar la situación académica de todos los estudiantes de la FCFB.
c) Verificar el cumplimiento de los requisitos para el proceso de matriculación, inscripción, asignación de
materias y egreso.
d) Proporcionar informes a las autoridades sobre el historial académico de los estudiantes.
e) Proponer ajustes al plan de estudios sobre la base de los resultados emergentes del seguimiento
académico.
f) Establecer y mantener el Sistema de Seguimiento Académico que facilite la difusión de datos
académicos de los estudiantes que permitan el análisis y la evaluación del rendimiento académico.

